Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024063224)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvención a Don Juan Gila Boraita al amparo de lo previsto en la Resolución de 22 de abril de 2024 por la que se convocan ayudas a artistas visuales para el año 2024.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024

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del Decreto 32/2017, de bases reguladoras, a los efectos de lo contemplado en artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y su determinación reglamentaria prevista en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la
prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13
de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
Por todo lo anterior, se someten a la valoración de dicha Comisión 18 solicitudes, tal y como
se recoge en el acta de la Comisión de Valoración celebrada el día 3 de julio de 2024.
Quinto. De acuerdo con lo referido, a la vista del informe vinculante de la Comisión de Valoración, con fecha 11 de julio de 2024, la Secretaría General de Cultura formula la correspondiente propuesta de resolución para su envío al Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en su condición de órgano competente para la resolución del
procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el resuelve duodécimo de la resolución de
convocatoria. Todo ello en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Con fecha 24 de julio de 2024, se dicta Resolución de la Secretaría General, por la
que se resuelve la concesión de subvenciones a artistas visuales para el 2024 (anexo I) y en
el anexo II el listado correspondiente a las ayudas desestimadas, a pesar de reunir sus solicitantes los requisitos exigibles, debido al agotamiento del crédito de la convocatoria. Dicha
resolución se publica en el DOE n.º 155, de 9 de agosto de 2024.
Séptimo. Con fecha 12 de agosto de 2024 se presenta en plazo, por parte de una de las personas beneficiarias, un escrito de solicitud de renuncia a la subvención concedida mediante la
referida resolución de 24 de julio de 2024.
Con fecha 22 de agosto del año en curso, se dicta por el Secretario General de Cultura la resolución de aceptación de renuncia, previo informe de la Jefa de Servicio de Museos y Artes
Visuales, por la que se insta a proceder de conformidad con lo establecido en el apartado
duodécimo de la citada resolución de convocatoria. Todo ello, en virtud de la Resolución de 14
de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma
en diversas materias, delegando en los titulares de los órganos directivos de la Consejería de
Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, entre otras, la aceptación de renuncias de las subvenciones que se deriven de las subvenciones cuya tramitación les corresponda por razón de la
materia.
Octavo. De acuerdo con lo anterior, el anexo II de la Resolución de 24 de julio de 2024, de la
Secretaría General, contempla la relación complementaria de aquellas solicitudes desestima-