Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063146)
Resolución de 29 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de Valdehúncar, cuya promotora es la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, en el término municipal de Valdehúncar (Cáceres). Expte.: IA21/0600.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48507
Imagen 7. Arbolado propuesto para corta sobre el trazado de caminos existentes y de nueva traza proyectados.
(Fuente: Elaboración propia)
De la imagen anterior se desprende que la mayor afección sobre el arbolado se da sobre
caminos proyectados con anchura de 4,5 m en las zonas norte y oeste, sobre caminos
de nueva creación.
Se considera que la corta de encinas en un entorno de dehesa debería minimizarse, y
es por ello que la anchura de determinados caminos en los que existe mayor afección
debería reducirse, más si es en caminos de nueva construcción. Se considera que los
tramos de nueva construcción o tramos existentes de 4 m de ancho de banda de rodadura o inferior, no deberán tener una anchura de banda de rodadura final superior a 4
m, con una ocupación máxima de 6 m, incluyendo las cunetas. Ya que la banda de ocupación donde se prevé construir los caminos tiene anchura suficiente, deberá evitarse
en lo posible la corta de arbolado, retranqueando el trazado en la medida de lo posible
a tal fin.
Por lo tanto, dado el interés del proyecto para la población de la zona y el beneficio que
supondrá, se considera que sería asumible la corta de un número máximo 98 pies de
arbolado y la poda de un número máximo de 291 pies de arbolado, siempre y cuando se
Martes 8 de octubre de 2024
48507
Imagen 7. Arbolado propuesto para corta sobre el trazado de caminos existentes y de nueva traza proyectados.
(Fuente: Elaboración propia)
De la imagen anterior se desprende que la mayor afección sobre el arbolado se da sobre
caminos proyectados con anchura de 4,5 m en las zonas norte y oeste, sobre caminos
de nueva creación.
Se considera que la corta de encinas en un entorno de dehesa debería minimizarse, y
es por ello que la anchura de determinados caminos en los que existe mayor afección
debería reducirse, más si es en caminos de nueva construcción. Se considera que los
tramos de nueva construcción o tramos existentes de 4 m de ancho de banda de rodadura o inferior, no deberán tener una anchura de banda de rodadura final superior a 4
m, con una ocupación máxima de 6 m, incluyendo las cunetas. Ya que la banda de ocupación donde se prevé construir los caminos tiene anchura suficiente, deberá evitarse
en lo posible la corta de arbolado, retranqueando el trazado en la medida de lo posible
a tal fin.
Por lo tanto, dado el interés del proyecto para la población de la zona y el beneficio que
supondrá, se considera que sería asumible la corta de un número máximo 98 pies de
arbolado y la poda de un número máximo de 291 pies de arbolado, siempre y cuando se