Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Reto Demográfico Y Territorial. Subvenciones. (2024040189)
Decreto 119/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48168
la persona interesada y el órgano gestor sea fácil, intuitiva y efectiva cuando utiliza el canal
electrónico y mejora la seguridad jurídica.
Las subvenciones contempladas en este decreto se insertan en el Plan Director de Políticas
Activas de Empleo 2024-2027, cuyo objetivo finalista es apoyar y facilitar la creación, el
mantenimiento y la mejora de oportunidades de empleo en Extremadura, en concreto en el
objetivo específico “Nómadas Digitales” del Eje Estratégico Primero” Mejora del Servicio Extremeño Público de Empleo, fomento de la cohesión territorial y transversalidad de género”.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según la modificación establecida por el
Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano
y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de
sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos, las bases reguladoras de subvenciones se establecerán por
decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención
General.
El presente decreto, además, incorpora la primera convocatoria del Programa I amparándose
en lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 29 de la citada ley de subvenciones autonómica, también afectado por la modificación operada a través del Decreto-ley 1/2024, de
28 de mayo.
El procedimiento de concesión de estas ayudas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta por tratarse de una subvención destinada a fomentar e incentivar el desarrollo y la actividad económica
en nuestro territorio, en especial en el ámbito rural, y el enriquecimiento del talento regional,
a través de la atracción de nuevos residentes en la región. Estas circunstancias, las razones
de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios
objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión de las ayudas justifican el
régimen de concesión directa.
Según establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura el procedimiento para la concesión de estas subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.
El presente decreto se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley
Martes 8 de octubre de 2024
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la persona interesada y el órgano gestor sea fácil, intuitiva y efectiva cuando utiliza el canal
electrónico y mejora la seguridad jurídica.
Las subvenciones contempladas en este decreto se insertan en el Plan Director de Políticas
Activas de Empleo 2024-2027, cuyo objetivo finalista es apoyar y facilitar la creación, el
mantenimiento y la mejora de oportunidades de empleo en Extremadura, en concreto en el
objetivo específico “Nómadas Digitales” del Eje Estratégico Primero” Mejora del Servicio Extremeño Público de Empleo, fomento de la cohesión territorial y transversalidad de género”.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según la modificación establecida por el
Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano
y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de
sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos, las bases reguladoras de subvenciones se establecerán por
decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención
General.
El presente decreto, además, incorpora la primera convocatoria del Programa I amparándose
en lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 29 de la citada ley de subvenciones autonómica, también afectado por la modificación operada a través del Decreto-ley 1/2024, de
28 de mayo.
El procedimiento de concesión de estas ayudas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta por tratarse de una subvención destinada a fomentar e incentivar el desarrollo y la actividad económica
en nuestro territorio, en especial en el ámbito rural, y el enriquecimiento del talento regional,
a través de la atracción de nuevos residentes en la región. Estas circunstancias, las razones
de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios
objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión de las ayudas justifican el
régimen de concesión directa.
Según establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura el procedimiento para la concesión de estas subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.
El presente decreto se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley