Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Prevención De Riesgos Laborales. Subvenciones. (2024040188)
Decreto 118/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 196
Martes 8 de octubre de 2024
48148
—
Acciones de asistencia técnica: Estudio y resolución de problemas, derivados de la
aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. Consistirán en un asesoramiento preventivo específico, que incluye tanto el desplazamiento a empresas y/o
centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, como los trabajos de gabinete necesarios previos y posteriores para principalmente asesorar sobre una materia preventiva
particular de manera eficaz. Estas acciones serán realizadas por técnicos superiores
de prevención de riesgos laborales, técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales (ciclo formativo de grado superior de Formación Profesional) o por aquellos
técnicos capacitados para desarrollar las funciones de nivel intermedio, conforme a lo
establecido en el anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Cuarto. Procedimiento de concesión y convocatoria.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento electrónico completo estará ubicado en el Punto de Acceso General, en la
dirección https://www.juntaex.es/w/0691624.
Quinto. Ámbito temporal de ejecución de actuaciones.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables será de 12 meses, a contar desde el
día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de las ayudas en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes y forma de presentación.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la fecha
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) de esta convocatoria.
Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará
el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en cualquiera de
los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo normalizado del anexo I y deberán acompañarse de los documentos que se especifican en el artículo 8 del presente decreto.
Martes 8 de octubre de 2024
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Acciones de asistencia técnica: Estudio y resolución de problemas, derivados de la
aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. Consistirán en un asesoramiento preventivo específico, que incluye tanto el desplazamiento a empresas y/o
centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, como los trabajos de gabinete necesarios previos y posteriores para principalmente asesorar sobre una materia preventiva
particular de manera eficaz. Estas acciones serán realizadas por técnicos superiores
de prevención de riesgos laborales, técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales (ciclo formativo de grado superior de Formación Profesional) o por aquellos
técnicos capacitados para desarrollar las funciones de nivel intermedio, conforme a lo
establecido en el anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Cuarto. Procedimiento de concesión y convocatoria.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento electrónico completo estará ubicado en el Punto de Acceso General, en la
dirección https://www.juntaex.es/w/0691624.
Quinto. Ámbito temporal de ejecución de actuaciones.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables será de 12 meses, a contar desde el
día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de las ayudas en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes y forma de presentación.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la fecha
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) de esta convocatoria.
Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará
el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en cualquiera de
los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo normalizado del anexo I y deberán acompañarse de los documentos que se especifican en el artículo 8 del presente decreto.