Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063093)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de planta de valorización de residuos mediante digestión anaerobia para producir biogás, a ubicar en los términos municipales de Almaraz y Belvís de Monroy, promovido por El Encinar de Humienta, SA. Expte.: IA23/0677.
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NÚMERO 195
Lunes 7 de octubre de 2024



47813

— Las solicitudes de autorizaciones de actuaciones en zonas de dominio público hidráulico y en zonas de policía pueden obtenerse en el apartado Servicios al Ciudadano/
Tramitaciones de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo, cuyo enlace se muestra a continuación, en donde además pueden obtenerse otro tipo de
solicitudes, información general, etc.:




http://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/default.aspx

— Por último, se indica la existencia de un visor que puede ser útil, se trata del visor
del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI, http://sig.mapama.es/snczi/), que permite la visualización del Dominio Público Hidráulico, Zona de
Servidumbre y Zona de Policía (así como la visualización de la cartografía de zonas
inundables, mapas de riesgo, mapas de peligrosidad, etc.) en aquellos tramos de
cauces en donde se han realizado estudios oficiales por el Ministerio y los aportados
por las CCAA, existiendo otros tramos en donde aún no se han realizado dichos estudios y, por lo tanto, en estos últimos no se puede visualizar lo anterior.

Se ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/ , observándose la inexistencia de estudios
oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o áreas de riesgo
potencial significativo de inundación en el ámbito de actuación.
En relación a las aguas subterráneas, el área donde se desarrollan las actuaciones asienta
sobre la masa de agua subterránea “TIÉTAR- ES030MSBT030.022”.
En relación a los aprovechamientos de agua en el presente informe se realizan las siguientes indicaciones por parte de este organismo:


— En caso de que se pretenda realizar abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico (aguas superficiales y/o subterráneas), deberá disponer de
un título concesional de aguas previo al empleo de las mismas, cuyo otorgamiento
corresponde a esta Confederación y es a quién también deberá solicitarse.



— En caso de que se posea un título concesional en vigor y se pretendiese efectuar una
variación de lo recogido en el mismo (como por ejemplo: empleo de mayores volúmenes/caudales que los autorizados, uso no recogido en la autorización, empleo de
captación no recogida en la autorización, o cualquier otra cuestión que incumpla lo
expresado en el título), se indica que dicha variación requiere de autorización previa
por parte de este organismo, y es también a éste a quién deberá solicitarse (mediante una solicitud de modificación de las características o mediante una solicitud de un
nuevo título concesional).