Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024063084)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura -aprobada por su Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2024-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 194

47402

Viernes 4 de octubre de 2024

número 3, de 16-09-2023) –modificado por el Decreto 11/2024, de 20 de febrero, con la
corrección de errores al mismo publicada en el Diario Oficial de Extremadura, número 60,
de 26 de marzo de 2024–.
Por todo ello, vista la Propuesta de resolución, de 26 de septiembre de 2024, emitida por
la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de
Extremadura, el previo informe –favorable– de legalidad emitido, el 24 de septiembre de
2024, así como los antecedentes de hecho, la normativa aplicable y los fundamentos de
derecho que anteceden, en uso de las competencias atribuidas a la Consejería de Hacienda
y Administración Pública,
RESUELVO:
Primero. Declarar conforme a la legalidad la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobada por su Asamblea
General, en sesión extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2024, así como por el Consejo
General de Colegios Oficiales de Podólogos de España.
Segundo. Inscribir –como asiento complementario– en el Registro de Colegios Profesionales
y de los Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, la modificación de los Estatutos
del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con arreglo al
texto reseñado en el punto 2 del fundamento de derecho quinto de esta resolución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer ante este mismo órgano recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en los artículos 112,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente a su publicación en el citado diario oficial, conforme a
lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se interpone el recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se produzca su
desestimación por silencio administrativo.
Mérida, 26 de septiembre de 2024.
La Consejera,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA