Universidad De Extremadura. Archivos. Reglamento. (2024063083)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Archivo Universitario de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

47436

Artículo 9. El archivo electrónico único.
1. De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se crea el archivo electrónico único que
mantendrá los documentos y expedientes electrónicos correspondientes a procedimientos
finalizados, garantizando su autenticidad, integridad y conservación, así como su consulta
a lo largo del tiempo.
2. 
El archivo electrónico único se regirá por la normativa vigente estatal y autonómica y por lo establecido en el Esquema Nacional de Seguridad y el Esquema Nacional de
Interoperabilidad.
Artículo 10. Archivos de oficina o de gestión.
1. E
 l archivo de oficina o de gestión reúne la documentación en trámite o sometida a continua
utilización y consulta administrativa por los órganos de gobierno y las unidades administrativas y de servicios de la Universidad.
2. La custodia y conservación de los documentos existentes en estos archivos es responsabilidad de los jefes de los Servicios de los que formen parte, quienes deberán designar una
persona encargada de la clasificación, ordenación y seguimiento de los documentos, así
como de su posterior transferencia al Archivo Universitario. Para ello, se tendrán en cuenta
las directrices de carácter general y las prescripciones concretas que, cuando sea necesario
y mediante acuerdo con las personas que ocupen las Jefaturas de los Servicios, establezca
la persona responsable de archivos de la Unidad de Archivo, Registro y Certificación de la
Universidad.
3. Los plazos de permanencia de la documentación serán establecidos en la valoración y recogidos en el calendario de conservación de documentos de la Universidad.
Una vez pasado dicho periodo, la persona encargada del archivo de gestión será la responsable de transferir la documentación del archivo de gestión al Archivo Universitario, según
la normativa específica.
Artículo 11. Archivo Universitario.
El Archivo Universitario es la unidad que reúne, organiza y custodia todos los documentos
de la Universidad que han sido transferidos por los archivos de gestión, una vez que han
transcurrido los plazos establecidos por el calendario de conservación documental al Archivo
Universitario.
El Archivo Universitario de la Universidad de Extremadura cumplirá las funciones de archivo
intermedio y de archivo histórico.