Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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NÚMERO 194

47068

Viernes 4 de octubre de 2024

ANEXO XI: PRECAUCIONES ESPECÍFICAS PARA USOS Y ACTIVIDADES CON RIESGO
DE INCENDIO FORESTAL, NO SOMETIDOS A AUTORIZACIÓN O DECLARACIÓN
RESPONSABLE.
XI.1 Utilización de maquinaria, aperos, herramientas y equipos, no sometidas a declaración
responsable
XI.1.1 LISTADO DE MAQUINARIA
Para la utilización de la siguiente maquinaria, en terreno forestal y en suelo rústico sito zona de influencia forestal, con índice de riesgo
bajo a alto (con índice muy alto o extremo se precisa declaración responsable), se adoptarán las precauciones específicas que se indican
más abajo:
1.
2.
3.
4.
5.
6.

Maquinaria sobre orugas metálicas.
Maquinaria con aperos para desbroce de matorral: grada de discos, desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas.
Uso de equipos de desbroce con disco metálico, en grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos.
Uso de equipos de corte de metal (radial, amoladora y soplete) o soldadura.
Maquinaria de aprovechamiento forestal: procesadoras, taladoras, autocargadores, skidders, cizalladoras y astilladoras.
Maquinaria de aprovechamiento agrícola: cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas o de peine.

Para la utilización de la siguiente maquinaria, en terreno forestal y zona de influencia, se adoptarán las precauciones específicas que se
indican a continuación:
7.
8.
9.
10.

Maquinaria con cuchilla, pala, traílla, percutores, cazos, ripper y análogos.
Maquinaria para laboreo de terrenos agrícolas: gradas, vertederas y cultivadores
Empacadoras.
Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.

XI.1.2 PRECAUCIONES ESPECÍFICAS PARA TODOS LOS TIPOS DE MAQUINARIA (en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF):
ÍNDICE DE RIESGO, SUSPENSIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE: cuando el índice de riesgo AEMET sea muy alto o extremo,
deberá suspenderse la utilización de maquinaria que genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, entre las 14:00 y las 17:00.
Además, la utilización de la maquinaria señalada en los puntos 1 a 6 del LISTADO DE MAQUINARIA, requerirá la formulación de
declaración responsable:
TIPO DE MAQUINARIA

ANEXO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

1. Maquinaria sobre orugas metálicas.
2. Maquinaria con aperos para desbroce de matorral: grada de discos, desbrozadoras de cadenas,
martillos o cuchillas.
3. Uso de equipos de desbroce con disco metálico, en grupos de 3 o más personas con utilización
conjunta de dichos equipos.
4. Uso de equipos de corte de metal (radial, amoladora y soplete) o soldadura.
5. Maquinaria de aprovechamiento forestal: procesadoras, taladoras, autocargadores, skidders,
cizalladoras y astilladoras.

Anexo IX

6. Maquinaria de aprovechamiento agrícola: cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas o de
peine.

Anexo X (máquinas cosechadoras)

La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la
Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios Forestales. Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección
electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado al efecto.
Esta declaración responsable también podrá formularse, de forma voluntaria, cuando el índice de riesgo sea bajo, medio o alto.
MEDIOS DE EXTINCIÓN: independientemente del índice de riesgo y de la necesidad de formular declaración responsable, para la
utilización de la maquinaria reseñada en el LISTADO, siempre se contará con:
UN EXTINTOR DE CARGA TIPO ABC, UNA MOCHILA EXTINTORA DE 15 LITROS O SUPERIOR, Y UN BATEFUEGOS.
UN TELÉFONO MÓVIL PARA CONTACTAR CON EL 112 EN CASO DE INCENDIO U OTRA EMERGENCIA
AVISO PREVIO: aquellas actividades que pudiesen provocar columnas de polvo o humo pueden dar lugar a una falsa alarma en el
dispositivo de vigilancia y extinción del Plan Infoex.
Para evitarlo, se realizará un aviso previo, con una antelación de al menos 1 hora, utilizando alguno de los siguientes canales: