Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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NÚMERO 194

47056

Viernes 4 de octubre de 2024

Listado de plagas y vegetales hospedantes sobre los cuales se podrá aplicar la excepcionalidad de la quema de residuos agrícolas por motivos
fitosanitarios

PLAGA

VEGETAL HOSPEDANTE

Xanthomona arboricora

Prunus sp

Armillaria mellea / Rosellinia necatrix (podredumbres blancas de la raíz)

Prunus sp

Phomopsis amygdali = Fusicoccum amygdali (chancros de los ramos)

Prunus sp

Scolytus amygdali (Barrenillos)

Prunus sp

Pesudomonas syringae (chancro bacteriano)

Prunus sp

Capnodis tenebrionis (Gusano cabezudo)

Prunus sp. árboles arrancados afectados por la plaga

Macrophomina phaseolina (podredumbre carbonosa)

Prunus sp., pistacho

Erwinia amylovora (fuego bacteriano)

Frutales de pepita

Hypoborus ficus (barrenillos de la higuera)

Higuera

Verticillium dahliae (verticilosis)
Olivo
Phloeotribus scarabaeoides, Hylesinus oliperda (barrenillos del olivo)
Enfermedades de la madera de la vid

Biscogniauxia mediterraneum (chancro carbonoso del alcornoque)

Olivo, restos para los que el astillado no es viable.
Vid
Alcornoque, encina

Tomato spotted wilt virus (TSWV) (virus del bronceado)

Hortícolas

Tomato yellow leaf curl virus (TYLCV) (virus de la cuchara)

Hortícolas

Prunus sp: Melocotón, nectarina, ciruelo, cerezo, almendro o albaricoquero
Frutales de pepita: Peral, manzano, membrillero
El titular de la explotación dispondrá previamente de un informe técnico emitido por un asesor en gestión integrada de plagas, inscrito en el Registro Oficial de
Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO). Dicho informe incluirá al menos el siguiente contenido:




Plaga detectada en los vegetales de la explotación
Base territorial SIGPAC y superficie afectada
Motivación de la imposibilidad de evitar la propagación de la plaga a través de otras
alternativas.

En aquello casos en que, por exigencia de alguna normativa comunitaria, nacional o autonómica, por parte de la autoridad competente en materia de sanidad vegetal se
haya emitido un informe de arranque de plantación en el que conste como causa de arranque la presencia de la plaga en los vegetales de la plantación, este informe
será igualmente válido y no será necesario obtener ningún informe complementario.