Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 194
47054
Viernes 4 de octubre de 2024
ANEXO VI: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA QUEMA DE RESIDUOS
VEGETALES GENERADOS EN EL ENTORNO AGRARIO, EN LAS EXPLOTACIONES
EXENTAS DE LA PROHIBICIÓN GENERAL Y EN LOS SUPUESTOS AUTORIZADOS
< TRAMITABLE MEDIANTE FORMULARIO ELECTRÓNICO DISPONIBLE EN LA WEB http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ o REGISTROS OFICIALES >
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Gestión Forestal y Mundo
Rural
Dirección General de Prevención y
Extinción de Incendios.
CENTRAL DE INCENDIOS BADAJOZ
Fijo: 924 011 163
Móvil: 630 846 583
FAX: 924 011 160
Ctra. San Vicente s/n - 06071 Badajoz
CENTRAL DE INCENDIOS CACERES
Fijo: 927 005 809
Móvil: 630 846 583
FAX: 927 005 811
Avda. La Cañada s/n - 10071 Cáceres
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE, QUE CON SU FIRMA O ENVIO ELECTRÓNICO RECONOCE ESTAR INFORMADO DEL
CONDICIONADO A QUE SE OBLIGA:
Nombre y apellidos/Razón social
con dirección en C/
Código postal
Teléfono móvil (obligatorio)
□ M □ H DNI/NIE/NIF:
en la localidad de
Correo electrónico (obligatorio)
2. DATOS DE LA ACTIVIDAD:
Término Municipal ______________________ Finca o paraje _________________
□ Plan de Prevención _________________
□ SIGPAC: (hasta un máximo de 6 parcelas por polígono y un máximo de 2 polígonos diferentes por declaración.)
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
□ Según mapa adjunto
□ La persona solicitante expresa poseer el consentimiento del propietario de la finca para el desarrollo de la actividad solicitada.
□ Prevención de incendios:
□ Pequeña o Microexplotación
□ Zona de Influencia Forestal (400 m desde terreno forestal)
□ Motivos fitosanitarios (ver Listado de Plagas)
□ Franja periurbana (Núcleo urbano no ZAR: 200 m; Núcleo urbano
3. EXENCIÓN O SUPUESTO AUTORIZADO:
ZAR:400 m)
4. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR.
1.
2.
DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la declaración responsable en el lugar de la actividad.
RESIDUOS PERMITIDOS Y PROHIBIDOS:
Residuos permitidos: exclusivamente restos vegetales agrarios o selvícolas procedentes de la explotación para la que se solicita la quema.
Residuos prohibidos: cualesquiera que no sean restos vegetales agrarios o selvícolas procedentes de la explotación para la que se solicita la quema como,
por ejemplo: restos procedentes de labores de jardinería, mantenimiento de zonas verdes, mantenimiento de viales, papel, ca rtón, textiles, plásticos o
mobiliario.
3. EMPLAZAMIENTO Y DIMENSIONES DE LOS MONTONES:
Los restos vegetales se quemarán previo amontonado de los mismos.
Los montones se situarán sobre zonas limpias libres de hojarasca, pasto seco, matorral u otra vegetación inflamable.
Los montones estarán alejados de otra vegetación que pudiera inflamarse, como linderos, riberas y copas de arbolado. La distancia a esta vegetación será
acorde al número y dimensiones de los montones.
Las dimensiones de los montones serán aquellas que permitan un manejo adecuado de la quema, de acuerdo con las personas y medios disponibles. Su
diámetro y alturas no superarán los 2 m.
4. ÍNDICE DE RIESGO: se tendrá en cuenta el riesgo de incendio forestal de AEMET publicado en http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ no iniciando o
suspendiendo el encendido en caso de riesgo muy alto o extremo.
5. HORARIO HÁBIL: desde 1 hora antes de la salida del sol, hasta las 17:00, momento en el que no se apreciará llama.
6. VIGILANCIA Y MEDIOS DE EXTINCIÓN:
La quema de los montones estará vigilada en todo momento, desde su encendido hasta que sus rescoldos queden completamente consumidos.
Todos los montones encendidos deberán estar a la vista, y a una distancia que permita la pronta intervención de las persona s que estén realizando la quema.
Se dispondrá de medios adecuados para manejar la quema y extinguir cualquier conato que pudiera ocasionarse.
Se dispondrá de teléfono, desde el que se contactará con el 112 en caso de incendio u otra emergencia.
7. AVISO PREVIO:
Cuando los montones superen 1 metro de alto o estén prendidos de forma simultánea en grupos de más de 10, se avisará 1 hora antes de su encendido
mediante llamada a la Central de incendios de la provincia correspondiente o al 112.
8. OTRAS PRECAUCIONES
Se evitará quemar en días en que, debido a la velocidad y dirección del viento, se puedan conducir pavesas incandescentes hacia lugares con riesgo de
incendio forestal, se pudiera causar daños a terceros o el humo afecte a poblaciones o viales con tráfico (puede consultarse el riesgo de incendios AEMET en
http://www.infoex.info).
5. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
□ Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
□ Acreditación de la representación, mediante cualquier medio válido en derecho, que otorgue a la persona representante la facu ltad para formular la solicitud,
en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
47054
Viernes 4 de octubre de 2024
ANEXO VI: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA QUEMA DE RESIDUOS
VEGETALES GENERADOS EN EL ENTORNO AGRARIO, EN LAS EXPLOTACIONES
EXENTAS DE LA PROHIBICIÓN GENERAL Y EN LOS SUPUESTOS AUTORIZADOS
< TRAMITABLE MEDIANTE FORMULARIO ELECTRÓNICO DISPONIBLE EN LA WEB http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ o REGISTROS OFICIALES >
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Gestión Forestal y Mundo
Rural
Dirección General de Prevención y
Extinción de Incendios.
CENTRAL DE INCENDIOS BADAJOZ
Fijo: 924 011 163
Móvil: 630 846 583
FAX: 924 011 160
Ctra. San Vicente s/n - 06071 Badajoz
CENTRAL DE INCENDIOS CACERES
Fijo: 927 005 809
Móvil: 630 846 583
FAX: 927 005 811
Avda. La Cañada s/n - 10071 Cáceres
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE, QUE CON SU FIRMA O ENVIO ELECTRÓNICO RECONOCE ESTAR INFORMADO DEL
CONDICIONADO A QUE SE OBLIGA:
Nombre y apellidos/Razón social
con dirección en C/
Código postal
Teléfono móvil (obligatorio)
□ M □ H DNI/NIE/NIF:
en la localidad de
Correo electrónico (obligatorio)
2. DATOS DE LA ACTIVIDAD:
Término Municipal ______________________ Finca o paraje _________________
□ Plan de Prevención _________________
□ SIGPAC: (hasta un máximo de 6 parcelas por polígono y un máximo de 2 polígonos diferentes por declaración.)
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
Polígono _______ Parcela_________ Parcela __________Parcela _________Parcela_________ Parcela __________Parcela _________
□ Según mapa adjunto
□ La persona solicitante expresa poseer el consentimiento del propietario de la finca para el desarrollo de la actividad solicitada.
□ Prevención de incendios:
□ Pequeña o Microexplotación
□ Zona de Influencia Forestal (400 m desde terreno forestal)
□ Motivos fitosanitarios (ver Listado de Plagas)
□ Franja periurbana (Núcleo urbano no ZAR: 200 m; Núcleo urbano
3. EXENCIÓN O SUPUESTO AUTORIZADO:
ZAR:400 m)
4. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR.
1.
2.
DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la declaración responsable en el lugar de la actividad.
RESIDUOS PERMITIDOS Y PROHIBIDOS:
Residuos permitidos: exclusivamente restos vegetales agrarios o selvícolas procedentes de la explotación para la que se solicita la quema.
Residuos prohibidos: cualesquiera que no sean restos vegetales agrarios o selvícolas procedentes de la explotación para la que se solicita la quema como,
por ejemplo: restos procedentes de labores de jardinería, mantenimiento de zonas verdes, mantenimiento de viales, papel, ca rtón, textiles, plásticos o
mobiliario.
3. EMPLAZAMIENTO Y DIMENSIONES DE LOS MONTONES:
Los restos vegetales se quemarán previo amontonado de los mismos.
Los montones se situarán sobre zonas limpias libres de hojarasca, pasto seco, matorral u otra vegetación inflamable.
Los montones estarán alejados de otra vegetación que pudiera inflamarse, como linderos, riberas y copas de arbolado. La distancia a esta vegetación será
acorde al número y dimensiones de los montones.
Las dimensiones de los montones serán aquellas que permitan un manejo adecuado de la quema, de acuerdo con las personas y medios disponibles. Su
diámetro y alturas no superarán los 2 m.
4. ÍNDICE DE RIESGO: se tendrá en cuenta el riesgo de incendio forestal de AEMET publicado en http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ no iniciando o
suspendiendo el encendido en caso de riesgo muy alto o extremo.
5. HORARIO HÁBIL: desde 1 hora antes de la salida del sol, hasta las 17:00, momento en el que no se apreciará llama.
6. VIGILANCIA Y MEDIOS DE EXTINCIÓN:
La quema de los montones estará vigilada en todo momento, desde su encendido hasta que sus rescoldos queden completamente consumidos.
Todos los montones encendidos deberán estar a la vista, y a una distancia que permita la pronta intervención de las persona s que estén realizando la quema.
Se dispondrá de medios adecuados para manejar la quema y extinguir cualquier conato que pudiera ocasionarse.
Se dispondrá de teléfono, desde el que se contactará con el 112 en caso de incendio u otra emergencia.
7. AVISO PREVIO:
Cuando los montones superen 1 metro de alto o estén prendidos de forma simultánea en grupos de más de 10, se avisará 1 hora antes de su encendido
mediante llamada a la Central de incendios de la provincia correspondiente o al 112.
8. OTRAS PRECAUCIONES
Se evitará quemar en días en que, debido a la velocidad y dirección del viento, se puedan conducir pavesas incandescentes hacia lugares con riesgo de
incendio forestal, se pudiera causar daños a terceros o el humo afecte a poblaciones o viales con tráfico (puede consultarse el riesgo de incendios AEMET en
http://www.infoex.info).
5. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
□ Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
□ Acreditación de la representación, mediante cualquier medio válido en derecho, que otorgue a la persona representante la facu ltad para formular la solicitud,
en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.