Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Voluntariado. Premios. (2024050159)
Orden de 26 de septiembre de 2024 por la que se convocan los Premios Extremeños al Voluntariado 2024.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

47406

CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
ORDEN de 26 de septiembre de 2024 por la que se convocan los Premios
Extremeños al Voluntariado 2024. (2024050159)
La Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura establece en su artículo
40.2 que “La Junta de Extremadura promoverá los Premios Extremeños al Voluntariado con
el objeto de reconocer y galardonar a las personas, físicas o jurídicas, que participen, desarrollen o se hayan distinguido en los programas de voluntariado en el marco del desarrollo y
consolidación de los derechos sociales, económicos, culturales, ambientales, y demás establecidos en el artículo 10. Estos premios se convocarán y concederán de forma anual, y su
desarrollo se regulará de forma reglamentaria”.
Igualmente, el artículo 42.2.c), de la citada Ley del Voluntariado, atribuye a la Junta de Extremadura, a través de la Consejería que tenga atribuida las competencias en materia de fomento del voluntariado, la función de promover el reconocimiento público de la labor realizada
por las personas voluntarias.
En su virtud, con fecha 2 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura núm. 210, el Decreto 131/2022, de 26 de octubre, por el que se regulan los Premios
Extremeños al Voluntariado, derogando respectivamente, el Decreto 204/2010, de 5 de noviembre, por el que se crean los Premios Extremeños al Voluntariado Social y se convoca su
concesión para el año 2010, y el Decreto 144/2013, de 30 de julio.
El artículo 1.3 del citado Decreto 131/2022, de 26 de octubre, establece que “Anualmente,
por orden de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de fomento del
voluntariado, estos premios serán concedidos conforme al procedimiento establecido en el
presente decreto”.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, crea la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y le atribuye,
en su artículo segundo, las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad
universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones
sociales y las de consumo atribuidas a la anterior Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Por su parte, mediante Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto
221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, le corresponde a la Secretaría General de Servicios So-