Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Personal Laboral. Indemnizaciones. (2024081575)
Anuncio de 27 de septiembre de 2024 por el que se da publicidad a la actualización de los importes de las indemnizaciones para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 194
47448
Viernes 4 de octubre de 2024
Estado de 27 de junio de 2024, previa deliberación del Consejo de Ministros en reunión de
25 de junio de 2024, se aprobó un incremento global máximo del 2% para las retribuciones
del personal al servicio del sector público, respecto de las vigente a 31 de diciembre de 2023.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 16 de julio de
2024, se acordó efectuar el incremento indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, el
cual también resulta de aplicación para las indemnizaciones por jubilación anticipada, fallecimiento e incapacidad permanente absoluta contenidas en los artículos 28 y 29 del V Convenio
Colectivo, del personal laboral de la Junta de Extremadura.
La actualización de sus importes ha tenido lugar mediante Resolución de 25 de septiembre de
2024 de este centro directivo.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el resuelvo segundo de la citada
resolución, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, esta
Dirección General, da publicidad a la actualización de los importes de las indemnizaciones
por jubilación anticipada, fallecimiento e incapacidad permanente absoluta contenidas en los
artículos 28 y 29 del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Extremadura,
que permanecerán expuestos en el Portal del Empleado Público, en la siguiente dirección de
Internet http://portalempleado.gobex.es.
Mérida, 27 de septiembre de 2024. El Director General de Función Pública, DOMINGO JESÚS
EXPÓSITO RUBIO.
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Viernes 4 de octubre de 2024
Estado de 27 de junio de 2024, previa deliberación del Consejo de Ministros en reunión de
25 de junio de 2024, se aprobó un incremento global máximo del 2% para las retribuciones
del personal al servicio del sector público, respecto de las vigente a 31 de diciembre de 2023.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 16 de julio de
2024, se acordó efectuar el incremento indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, el
cual también resulta de aplicación para las indemnizaciones por jubilación anticipada, fallecimiento e incapacidad permanente absoluta contenidas en los artículos 28 y 29 del V Convenio
Colectivo, del personal laboral de la Junta de Extremadura.
La actualización de sus importes ha tenido lugar mediante Resolución de 25 de septiembre de
2024 de este centro directivo.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el resuelvo segundo de la citada
resolución, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, esta
Dirección General, da publicidad a la actualización de los importes de las indemnizaciones
por jubilación anticipada, fallecimiento e incapacidad permanente absoluta contenidas en los
artículos 28 y 29 del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Extremadura,
que permanecerán expuestos en el Portal del Empleado Público, en la siguiente dirección de
Internet http://portalempleado.gobex.es.
Mérida, 27 de septiembre de 2024. El Director General de Función Pública, DOMINGO JESÚS
EXPÓSITO RUBIO.
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