Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024063073)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, se establecen las bases reguladoras de las ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa I (DOE de 14 de febrero de 2023. Núm. 31).
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46964
RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Empleo,
de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30
de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo"
destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada
por parte de una persona trabajadora autónoma, se establecen las bases
reguladoras de las ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa
I (DOE de 14 de febrero de 2023. Núm. 31). (2024063073)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo de la presente resolución,
solicitaron en tiempo y forma al amparo de lo dispuesto en el Decreto 170/2022, de 30 de
diciembre, en la forma prevista en los arts. 14, 31 y 32, subvención por el Programa I: Personas trabajadoras por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (RETA).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo
16 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre. Dicha competencia se ejerce a través de la
persona titular de la Secretaría General de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto
77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145, de 28 de julio) por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto
234/2023, de 12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada y dentro del plazo
establecido en el artículo 32 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de inicio de las contrataciones, las personas solicitantes tenían cumplidos
dieciocho años, desarrollan su actividad económica en Extremadura; declaran responsablemente no haber realizado en su empresa una reducción de plantilla durante los
seis meses anteriores a la solicitud de la ayuda y han formalizado una oferta de empleo
Jueves 3 de octubre de 2024
46964
RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Empleo,
de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30
de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo"
destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada
por parte de una persona trabajadora autónoma, se establecen las bases
reguladoras de las ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa
I (DOE de 14 de febrero de 2023. Núm. 31). (2024063073)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo de la presente resolución,
solicitaron en tiempo y forma al amparo de lo dispuesto en el Decreto 170/2022, de 30 de
diciembre, en la forma prevista en los arts. 14, 31 y 32, subvención por el Programa I: Personas trabajadoras por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (RETA).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo
16 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre. Dicha competencia se ejerce a través de la
persona titular de la Secretaría General de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto
77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145, de 28 de julio) por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto
234/2023, de 12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada y dentro del plazo
establecido en el artículo 32 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de inicio de las contrataciones, las personas solicitantes tenían cumplidos
dieciocho años, desarrollan su actividad económica en Extremadura; declaran responsablemente no haber realizado en su empresa una reducción de plantilla durante los
seis meses anteriores a la solicitud de la ayuda y han formalizado una oferta de empleo