Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024063125)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
Conocimiento de embarque marítimo (B/L).
Conocimiento de embarque aéreo (AWB).
Documento de transporte multimodal (DIM).
46909
— En el caso de gastos de material promocional, muestras del material promocional
realizado.
i) En el caso de consultoría para la internacionalización digital:
— Copia del documento elaborado (entregable).
j) En el caso de material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores:
— Copia del material promocional en formato digital realizado.
— En el supuesto de edición y creación de vídeos para plataformas digitales internacio
nales, copia del vídeo realizado.
4. A
los efectos de la validez probatoria todos los justificantes de gastos (facturas y/o recibos)
deberán cumplir los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30
de noviembre, por el que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación. La justificación de los gastos también se podrá efectuar mediante facturas
electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito
tributario.
Se admitirán los siguientes documentos acreditativos del pago de los gastos ejecutados:
a) Con carácter general, las facturas o documentos de valor probatorio equivalente debe
rán abonarse a través de entidad financiera, por lo que los documentos a adjuntar serán
los siguientes:
— Pagos realizados mediante transferencia: justificante de la transferencia desde una
cuenta de titularidad de la entidad beneficiaria.
— Pagos realizados mediante cheque bancario: copia del cheque bancario y copia del
extracto bancario donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta
bancaria de la entidad beneficiaria.
— Pagos realizados mediante pagaré: copia del pagaré y copia de extracto bancario
donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta bancaria de la enti
dad beneficiaria. No es prueba suficiente de pago efectivo el posible descuento del
Jueves 3 de octubre de 2024
Conocimiento de embarque marítimo (B/L).
Conocimiento de embarque aéreo (AWB).
Documento de transporte multimodal (DIM).
46909
— En el caso de gastos de material promocional, muestras del material promocional
realizado.
i) En el caso de consultoría para la internacionalización digital:
— Copia del documento elaborado (entregable).
j) En el caso de material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores:
— Copia del material promocional en formato digital realizado.
— En el supuesto de edición y creación de vídeos para plataformas digitales internacio
nales, copia del vídeo realizado.
4. A
los efectos de la validez probatoria todos los justificantes de gastos (facturas y/o recibos)
deberán cumplir los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30
de noviembre, por el que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación. La justificación de los gastos también se podrá efectuar mediante facturas
electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito
tributario.
Se admitirán los siguientes documentos acreditativos del pago de los gastos ejecutados:
a) Con carácter general, las facturas o documentos de valor probatorio equivalente debe
rán abonarse a través de entidad financiera, por lo que los documentos a adjuntar serán
los siguientes:
— Pagos realizados mediante transferencia: justificante de la transferencia desde una
cuenta de titularidad de la entidad beneficiaria.
— Pagos realizados mediante cheque bancario: copia del cheque bancario y copia del
extracto bancario donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta
bancaria de la entidad beneficiaria.
— Pagos realizados mediante pagaré: copia del pagaré y copia de extracto bancario
donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta bancaria de la enti
dad beneficiaria. No es prueba suficiente de pago efectivo el posible descuento del