Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024063125)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, correspondiente al ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46902
abono de la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada
de alta en el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario,
previamente, tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace: https://
juntaex.es/w/5145 .
4. Además de la documentación de carácter general establecida en los apartados anteriores,
la solicitud de ayuda se completará con la siguiente documentación específica:
a) En el caso de las misiones comerciales prospectivas y directas:
— Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo se
ñalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros.
b) En el caso de las misiones comerciales inversas:
— Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo se
ñalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros, donde
se encuentre el listado de personas y empresas que tienen previsto participar en la
misión.
c) En el caso de licitaciones internacionales:
— Copia del anuncio del aviso de licitación a la que se concurre.
— En su caso, agenda de la misión con detalle de las reuniones y trámites a realizar
relacionados con la licitación.
d) En el caso de modificación, ampliación y reforma de la página web:
— Indicación de la página web a modificar, ampliar o reformar.
5. D
e conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario
presentar aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado
a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y
ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, pudiendo cumplimentar
esa información en la tabla que consta en el modelo de declaración responsable (anexo II).
Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera recabar los citados documentos, podrá
solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Los documentos redactados en una lengua extranjera distinta a las lenguas oficiales de
algún país de la Unión Europea, vendrán acompañados de una traducción de su contenido.
Jueves 3 de octubre de 2024
46902
abono de la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada
de alta en el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario,
previamente, tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace: https://
juntaex.es/w/5145 .
4. Además de la documentación de carácter general establecida en los apartados anteriores,
la solicitud de ayuda se completará con la siguiente documentación específica:
a) En el caso de las misiones comerciales prospectivas y directas:
— Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo se
ñalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros.
b) En el caso de las misiones comerciales inversas:
— Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo se
ñalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros, donde
se encuentre el listado de personas y empresas que tienen previsto participar en la
misión.
c) En el caso de licitaciones internacionales:
— Copia del anuncio del aviso de licitación a la que se concurre.
— En su caso, agenda de la misión con detalle de las reuniones y trámites a realizar
relacionados con la licitación.
d) En el caso de modificación, ampliación y reforma de la página web:
— Indicación de la página web a modificar, ampliar o reformar.
5. D
e conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario
presentar aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado
a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y
ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, pudiendo cumplimentar
esa información en la tabla que consta en el modelo de declaración responsable (anexo II).
Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera recabar los citados documentos, podrá
solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Los documentos redactados en una lengua extranjera distinta a las lenguas oficiales de
algún país de la Unión Europea, vendrán acompañados de una traducción de su contenido.