Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024063051)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2024 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA que hayan obtenido evaluación positiva.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024

CODIGO
CIP
0607822

9.

46992

ANEXO I
SOLICITUD DE SUBVENCION LÍNEA II DIRIGIDA A
EMPRESAS PRIVADAS PARA LA CONTRATACIÓN DE
PERSONAS PARTICIPANTES EN LOS PROYECTOS DE
FORMACIÓN Y EMPLEO QUE HAYAN OBTENIDO
EVALUACIÓN POSITIVA

La beneficiaria deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad al mismo tiempo que
justifica gastos para ser declarados en las solicitudes de reembolso.

10. Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las
transacciones relacionadas con la subvención, sin perjuicio de respetar las normas de contabilidad nacional, con
la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
11. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión.
12. Conservar la documentación original de la justificación de la subvención, incluidos los documentos electrónicos,
durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el
último pago al beneficiario.
13. Cumplir lo establecido en el artículo 50 y en el anexo IX del reglamento 2021/1060 sobre las actividades de
información y publicidad.
14. Facilitar en plazo y forma al órgano gestor, toda la información que le solicite en aplicación de la normativa
europea y/o comunitaria sobre información y publicidad, así como en cumplimiento del Plan de comunicación
correspondiente.
15. Aceptar su inclusión en la lista pública prevista en el artículo 49.5 del Reglamento (UE) 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, al estar la acción subvencionada cofinanciada con el
Programa Extremadura FSE + 2021-2027.

12. COMPROBACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
12.1 VERIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE Y PERSONA FÍSICA Y/ODEL
REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE EN CASO DE PERSONA JURÍDICA
La Administración competente de la tramitación de este procedimiento que incluye una actividad de tratamiento de
datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos personales del solicitante en el caso en que
la entidad solicitante sea una persona física o de la persona que ostente la representación legal en el caso en que la
entidad solicitante sea una persona jurídica, manifestados en esta solicitud en virtud de la Disposición adicional
octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos
digitales.

12.2 OPOSICIÓN A LA CONSULTA DE OFICIO POR EL ÓRGANO GESTOR DE DATOS Y
DOCUMENTOS (SOLO RELLENAR CUANDO LA ENTIDAD SE OPONGA A QUE EL ÓRGANO GESTOR
REALICE LA CONSULTA DE OFICIO)
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán
recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que la Dirección General
competente en materia de fomento de empleo efectúe dicha comprobación, deberá ejercitar la oposición por
tratamiento concreto y en base a motivos derivados de su situación personal, quedando condicionada la tramitación
del procedimiento a la aportación, por su parte, de la documentación actualizada que acredita el cumplimiento de
los requisitos.
La representación legal de la entidad solicitante, que presenta y firma esta solicitud: