Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063077)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvención a la Asociación Reinas de la Tierra, en el marco de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024

46701

g) Comunicar a la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo
Social, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación
de la ayuda, la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien el proyecto
subvencionado, así como la modificación de otras circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la ayuda.
h) Acreditación con carácter previo a la propuesta de resolución de concesión y al pago que
se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la
Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social. La comprobación se realizará de
oficio por el Servicio de Promoción, Impulso y Desarrollo de las Políticas de Igualdad de
la Secretaría General de Igualdad y Conciliación conforme a lo establecido en el apartado decimotercero del resuelvo octavo de la resolución de convocatoria.
i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos
los documentos electrónicos durante al menos cuatro años, al objeto de posibles actuaciones de comprobación y control por parte de la Administración.
j) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Secretaria General de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, así como a cualesquiera otras de
comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida
en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
k) Estar dados de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura. La acreditación de dicho extremo será comprobada de oficio por el órgano gestor de las ayudas.
l) Cumplir todas las demás obligaciones específicas establecidas en la Resolución de 10 de
junio de 2024 por la que se efectúa la convocatoria de estas subvenciones y sus bases
reguladoras, así como cualquier otra prevista en la legislación vigente.
Condición tercera. Forma de pago.
1. El régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá
el carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 27 de Julio de 2022, por la que se establecen y
aprueban las bases reguladoras de estas subvenciones.
2. Una vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en la resolución de concesión y se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y previa acreditación del cumplimiento de la adopción de las medidas de publicidad