Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024063127)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 193
46955
Jueves 3 de octubre de 2024
Sexto. En el caso de cotos que se encuentren incluidos en varias comarcas cinegéticas, se
aplicarán las medidas de cada comarca, salvo en los siguientes casos:
1. C
uando se trate de cotos privados divididos en varias comarcas cinegéticas y alguna de
ellas sea VC4, en cuyo caso se aplicarán las medidas correspondientes a VC4 en todo el
coto.
2. C
uando se trate de cotos sociales y la parte planificada de caza mayor se incluya íntegra
o parcialmente en VC4 se aplicarán las medidas correspondientes a VC4 en toda la parte
planificada de caza mayor.
Séptimo. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y tendrá una vigencia indefinida en tanto se sigan dando los
presupuestos de hecho y jurídicos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de septiembre de 2024.
El Director General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA
46955
Jueves 3 de octubre de 2024
Sexto. En el caso de cotos que se encuentren incluidos en varias comarcas cinegéticas, se
aplicarán las medidas de cada comarca, salvo en los siguientes casos:
1. C
uando se trate de cotos privados divididos en varias comarcas cinegéticas y alguna de
ellas sea VC4, en cuyo caso se aplicarán las medidas correspondientes a VC4 en todo el
coto.
2. C
uando se trate de cotos sociales y la parte planificada de caza mayor se incluya íntegra
o parcialmente en VC4 se aplicarán las medidas correspondientes a VC4 en toda la parte
planificada de caza mayor.
Séptimo. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y tendrá una vigencia indefinida en tanto se sigan dando los
presupuestos de hecho y jurídicos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de septiembre de 2024.
El Director General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA