Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024063127)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46952
CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética,
por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024063127)
La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, dispone en su artículo 33 que,
con el fin de asegurar el control del estado sanitario de las especies cinegéticas, se puedan
adoptar las medidas necesarias para prevenir y eliminar las posibles epizootias y zoonosis.
De igual manera, el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y
ordenación cinegética, aprobado mediante Decreto 34/2016, de 15 de marzo, también regula
la emergencia cinegética en su artículo 130, indicando que la Dirección General competente en materia de caza, mediante resolución motivada, podrá adoptar medidas cinegéticas
especiales.
Por otra parte, el Plan General de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado
mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de marzo de 2016, establece los criterios
para la planificación cinegética en su conjunto a través del análisis de la situación de las
poblaciones de las especies cinegéticas y sus hábitats mediante la división del territorio de
nuestra región en comarcas cinegéticas.
Por su parte, los Planes Comarcales de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético de las comarcas VC3 y VC4 (PCOAC), aprobados mediante Orden de 27 de abril de 2023 (DOE n.º 84
de 24 de mayo), revisan y actualizan diversos criterios de gestión cinegética para las especies
de caza mayor.
De esta manera, se han aprobado los nuevos modelos de planes técnicos de caza, mediante
la Orden de 22 de julio de 2024, por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de
2013, por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza (DOE n.º 145,
de 26 de julio).
Igualmente, entre las medidas adoptadas en los PCOAC, se incluye una modificación en la
metodología de cálculo de los cupos de captura de hembras en superficies de gestión abierta,
lo que supone un incremento de los cupos de capturas específicos en función de la comarca
cinegética.
Por último, resulta necesario actualizar y adecuar las medidas sanitarias adoptadas mediante
la anterior emergencia cinegética, declarada mediante Resolución de 2 de octubre de 2017
Jueves 3 de octubre de 2024
46952
CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se declara emergencia cinegética,
por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024063127)
La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, dispone en su artículo 33 que,
con el fin de asegurar el control del estado sanitario de las especies cinegéticas, se puedan
adoptar las medidas necesarias para prevenir y eliminar las posibles epizootias y zoonosis.
De igual manera, el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y
ordenación cinegética, aprobado mediante Decreto 34/2016, de 15 de marzo, también regula
la emergencia cinegética en su artículo 130, indicando que la Dirección General competente en materia de caza, mediante resolución motivada, podrá adoptar medidas cinegéticas
especiales.
Por otra parte, el Plan General de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado
mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de marzo de 2016, establece los criterios
para la planificación cinegética en su conjunto a través del análisis de la situación de las
poblaciones de las especies cinegéticas y sus hábitats mediante la división del territorio de
nuestra región en comarcas cinegéticas.
Por su parte, los Planes Comarcales de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético de las comarcas VC3 y VC4 (PCOAC), aprobados mediante Orden de 27 de abril de 2023 (DOE n.º 84
de 24 de mayo), revisan y actualizan diversos criterios de gestión cinegética para las especies
de caza mayor.
De esta manera, se han aprobado los nuevos modelos de planes técnicos de caza, mediante
la Orden de 22 de julio de 2024, por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de
2013, por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza (DOE n.º 145,
de 26 de julio).
Igualmente, entre las medidas adoptadas en los PCOAC, se incluye una modificación en la
metodología de cálculo de los cupos de captura de hembras en superficies de gestión abierta,
lo que supone un incremento de los cupos de capturas específicos en función de la comarca
cinegética.
Por último, resulta necesario actualizar y adecuar las medidas sanitarias adoptadas mediante
la anterior emergencia cinegética, declarada mediante Resolución de 2 de octubre de 2017