Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063043)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de almazara, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván.
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NÚMERO 192
Miércoles 2 de octubre de 2024

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aguas residuales generadas estarán impermeabilizadas y contarán con un sistema de
detección de fugas basado en una red de tuberías interconectadas que desembocan
en una arqueta de control. Además, contarán con piezómetros para el control del nivel
freático de las aguas subterráneas. Los residuos generados en el proceso serán correctamente almacenados hasta su retirada por Gestor de Residuos Autorizado.
— Suelos. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a que la zona de actuación no presenta pendientes elevadas. Asimismo,
mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar
estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
En cuanto a la fase de funcionamiento, con las características que presentan las balsas
de alperujos y de evaporación (impermeabilización, red de drenaje, piezómetro), no se
prevé que el proyecto pueda afectar de forma apreciable al factor suelo.
— Fauna. Aunque las parcelas donde se localiza el proyecto y las que se encuentran próximas a éstas pudieran ser zona de campeo y alimentación de especies con figura de protección, no se prevé que la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad cause
una afección significativa sobre estas especies.
— Vegetación. Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una significativa
afección directa o indirecta sobre la vegetación natural.
— Paisaje. El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de una
zona de carácter agrícola y la presencia de las balsas, propiedad de la promotora, en las
proximidades, además de las construcciones de carácter agrícola. Por lo tanto, se trata
de una zona antropizada.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica. Los posibles impactos que se generarán durante la fase de ejecución del proyecto en cuanto a la calidad del aire, generación
de ruidos y contaminación lumínica, desaparecerán una vez concluyan estos trabajos.
En la fase de funcionamiento, teniendo en cuenta el tamaño de la caldera, las características constructivas de la nave y el sistema de iluminación elegido, se prevé que estos
impactos no afectarán de forma significativa.
— Patrimonio arqueológico y dominio público. Al objeto de protección del patrimonio arqueológico no detectado, se prevé que, con la adopción de la medida establecida en el
informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, éste no
se verá afectado por la ejecución del proyecto.
— Consumo de recursos y cambio climático. Dadas las características del proyecto en
cuanto a la actividad a desarrollar y tamaño del mismo, no se prevén efectos significativos en cuanto al uso de recursos naturales (suelo, agua) ni sobre el cambio climático.