Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2024040177)
Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y se aprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención.
86 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 192
46279
Miércoles 2 de octubre de 2024
nas Físicas de las personas adquirentes o adjudicatarias, referida al período impositivo
vencido inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de visado; o bien certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite que no están
obligadas a presentar la citada declaración).
3. Salvo que las personas adquirentes o adjudicatarias se hubieren opuesto a ello en el modelo normalizado de solicitud, el órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente certificado del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
o de la unidad administrativa competente, que acredite los bienes inmuebles de naturaleza
urbana respecto de que sean titulares o cotitulares del pleno dominio. Mediando oposición,
las personas adquirentes o adjudicatarias deberán presentar, junto con su solicitud, dicho
documento.
4. Salvo que las personas adquirentes o adjudicatarias no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud, el órgano directivo competente en materia
de vivienda recabará electrónicamente certificación acreditativa de que se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus obligaciones
con la Seguridad Social.
No mediando autorización expresa, las personas interesadas deberán aportar, junto con
su solicitud, copia de los certificados con código seguro de verificación expedidos por tales
organismos.
Artículo 27. Incompatibilidad de las subvenciones.
Las subvenciones previstas en el presente capítulo serán incompatibles con cualesquiera otras
subvenciones públicas que tengan el mismo objeto.
Artículo 28. Cuantía de la ayuda.
La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas acogidas al programa de ayuda directa
a la entrada será objeto de subvención conforme al siguiente cuadro:
Subvención (€)
Actuaciones subvencionables
General
IFP > 2,5
IPREM
Actuación subvencionable conforme al artículo 23.a)
IFP ≤ 2,5
IPREM
Líneas específicas
de protección
preferente
3.000 €
1.000 € adicionales
Actuación subvencionable conforme al artículo 23.b)
6.000 €
9.000 €
46279
Miércoles 2 de octubre de 2024
nas Físicas de las personas adquirentes o adjudicatarias, referida al período impositivo
vencido inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de visado; o bien certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite que no están
obligadas a presentar la citada declaración).
3. Salvo que las personas adquirentes o adjudicatarias se hubieren opuesto a ello en el modelo normalizado de solicitud, el órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente certificado del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
o de la unidad administrativa competente, que acredite los bienes inmuebles de naturaleza
urbana respecto de que sean titulares o cotitulares del pleno dominio. Mediando oposición,
las personas adquirentes o adjudicatarias deberán presentar, junto con su solicitud, dicho
documento.
4. Salvo que las personas adquirentes o adjudicatarias no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud, el órgano directivo competente en materia
de vivienda recabará electrónicamente certificación acreditativa de que se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus obligaciones
con la Seguridad Social.
No mediando autorización expresa, las personas interesadas deberán aportar, junto con
su solicitud, copia de los certificados con código seguro de verificación expedidos por tales
organismos.
Artículo 27. Incompatibilidad de las subvenciones.
Las subvenciones previstas en el presente capítulo serán incompatibles con cualesquiera otras
subvenciones públicas que tengan el mismo objeto.
Artículo 28. Cuantía de la ayuda.
La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas acogidas al programa de ayuda directa
a la entrada será objeto de subvención conforme al siguiente cuadro:
Subvención (€)
Actuaciones subvencionables
General
IFP > 2,5
IPREM
Actuación subvencionable conforme al artículo 23.a)
IFP ≤ 2,5
IPREM
Líneas específicas
de protección
preferente
3.000 €
1.000 € adicionales
Actuación subvencionable conforme al artículo 23.b)
6.000 €
9.000 €