Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063037)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez, para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
46077
Décima. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
1. P
ara el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes
firmantes nombran responsable de este, a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana, que tendrá las facultades necesarias para supervisar su
ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones convenidas.
2. A
simismo, se constituirá una comisión para realizar el seguimiento de las actuaciones del
convenio y resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas de este, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de
Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana como responsable del seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del presente convenio.
Entre las funciones de la Comisión están:
— Velar por el cumplimiento del Convenio.
— Adaptar o proponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de competencias
de cada una de las partes.
— Supervisar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades del personal de la OTUDTS
ante el posible ejercicio, de manera simultánea, de otra profesión o actividad.
— Resolver los problemas de interpretación que puedan surgir en el cumplimiento del
Convenio.
La comisión de seguimiento estará integrada por tres personas designadas por la Consejería, que serán nombradas por la persona titular de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, correspondiendo a una de ellas la presidencia,
y tres personas designadas por la Mancomunidad que serán nombradas por la persona
titular que ostente la Presidencia, componiéndose en cualquier caso de la siguiente forma:
— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana o persona en quien delegue, que será su presidente/a y ejercerá el voto
de calidad.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Técnico de las OTUDTS.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Jurídico de las OTUDTS.
Martes 1 de octubre de 2024
46077
Décima. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
1. P
ara el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes
firmantes nombran responsable de este, a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana, que tendrá las facultades necesarias para supervisar su
ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones convenidas.
2. A
simismo, se constituirá una comisión para realizar el seguimiento de las actuaciones del
convenio y resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas de este, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de
Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana como responsable del seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del presente convenio.
Entre las funciones de la Comisión están:
— Velar por el cumplimiento del Convenio.
— Adaptar o proponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de competencias
de cada una de las partes.
— Supervisar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades del personal de la OTUDTS
ante el posible ejercicio, de manera simultánea, de otra profesión o actividad.
— Resolver los problemas de interpretación que puedan surgir en el cumplimiento del
Convenio.
La comisión de seguimiento estará integrada por tres personas designadas por la Consejería, que serán nombradas por la persona titular de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, correspondiendo a una de ellas la presidencia,
y tres personas designadas por la Mancomunidad que serán nombradas por la persona
titular que ostente la Presidencia, componiéndose en cualquier caso de la siguiente forma:
— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana o persona en quien delegue, que será su presidente/a y ejercerá el voto
de calidad.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Técnico de las OTUDTS.
— La persona que ocupe el puesto de Coordinador Jurídico de las OTUDTS.