Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063035)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Vodafone España para el proyecto "Digicraft en tu cole".
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
46026
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se compromete a especificar
su participación como colaboradores en el Programa DigiCraft de Fundación Vodafone en
cuantas comunicaciones y medios utilice para la promoción y difusión del Proyecto, respetando en todo caso las directrices de imagen externa respecto al uso de la imagen del
Programa DigiCraft y de la marca o logotipo de la Fundación Vodafone que se indiquen por
parte de la misma a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Las Partes deberán velar para que el nombre e imagen de cada una de ellas y del Programa DigiCraft no resulten, en ningún caso, dañados por los contenidos y ejecución de las
actuaciones y proyectos derivados del Proyecto.
Asimismo, las Partes se autorizan recíprocamente para el uso de su imagen, marca y/o
logotipo, y cuantos documentos, memorias e informes se generen con ocasión del cumplimiento del objeto del Proyecto, mediante comunicación previa a la otra parte y de acuerdo
a las restricciones establecidas en el presente Convenio, con el fin de dar la máxima difusión a la colaboración de las Partes.
11. P
ropiedad intelectual e industrial.
11.1. Derechos preexistentes.
Cada una de las Partes es la titular única y exclusiva de sus respectivas patentes, “modelos
de utilidad”, diseños industriales, bases de datos, marcas, logotipos, dominios y/o cualesquiera otros bienes protegidos por los derechos de propiedad intelectual e industrial.
Las Partes expresamente reconocen que la firma y ejecución del presente Convenio no
confiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial sobre las marcas, contenidos
y servicios titularidad de la otra Parte.
Específicamente, Fundación Vodafone es propietario de todos los materiales asociados al
Proyecto DigiCraft, no pudiendo la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional compartir estos materiales ni utilizarlos en ninguna actividad no planteada en el ámbito
del Proyecto sin la autorización expresa de Fundación Vodafone.
Los Centros beneficiarios asumirán igualmente esta obligación de conformidad con lo que
establezca la respectiva convocatoria en la que figurarán las consecuencias derivadas de
dicho incumplimiento.
11.2. Derechos derivados del Proyecto.
Para todos aquellos elementos o experiencias generadas como resultado de la ejecución
del proyecto, que no fueran Derechos preexistentes, las Partes acuerdan que cualquiera
Martes 1 de octubre de 2024
46026
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se compromete a especificar
su participación como colaboradores en el Programa DigiCraft de Fundación Vodafone en
cuantas comunicaciones y medios utilice para la promoción y difusión del Proyecto, respetando en todo caso las directrices de imagen externa respecto al uso de la imagen del
Programa DigiCraft y de la marca o logotipo de la Fundación Vodafone que se indiquen por
parte de la misma a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Las Partes deberán velar para que el nombre e imagen de cada una de ellas y del Programa DigiCraft no resulten, en ningún caso, dañados por los contenidos y ejecución de las
actuaciones y proyectos derivados del Proyecto.
Asimismo, las Partes se autorizan recíprocamente para el uso de su imagen, marca y/o
logotipo, y cuantos documentos, memorias e informes se generen con ocasión del cumplimiento del objeto del Proyecto, mediante comunicación previa a la otra parte y de acuerdo
a las restricciones establecidas en el presente Convenio, con el fin de dar la máxima difusión a la colaboración de las Partes.
11. P
ropiedad intelectual e industrial.
11.1. Derechos preexistentes.
Cada una de las Partes es la titular única y exclusiva de sus respectivas patentes, “modelos
de utilidad”, diseños industriales, bases de datos, marcas, logotipos, dominios y/o cualesquiera otros bienes protegidos por los derechos de propiedad intelectual e industrial.
Las Partes expresamente reconocen que la firma y ejecución del presente Convenio no
confiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial sobre las marcas, contenidos
y servicios titularidad de la otra Parte.
Específicamente, Fundación Vodafone es propietario de todos los materiales asociados al
Proyecto DigiCraft, no pudiendo la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional compartir estos materiales ni utilizarlos en ninguna actividad no planteada en el ámbito
del Proyecto sin la autorización expresa de Fundación Vodafone.
Los Centros beneficiarios asumirán igualmente esta obligación de conformidad con lo que
establezca la respectiva convocatoria en la que figurarán las consecuencias derivadas de
dicho incumplimiento.
11.2. Derechos derivados del Proyecto.
Para todos aquellos elementos o experiencias generadas como resultado de la ejecución
del proyecto, que no fueran Derechos preexistentes, las Partes acuerdan que cualquiera