Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063035)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Vodafone España para el proyecto "Digicraft en tu cole".
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
46023
materiales especificados anteriormente serán responsables, de conformidad con lo que establezca la respectiva Convocatoria según lo establecido en el Anexo I del presente convenio, del cumplimiento por su parte de los compromisos adquiridos en relación a los mismos
y, especialmente, del cumplimiento, durante la ejecución del Proyecto, con la operación,
cuidado y mantenimiento conforme a las responsabilidades fijadas en los compromisos de
cada Parte en este convenio, sin que las incidencias sobre este material, pueden implicar
aportación adicional por parte de Fundación Vodafone o la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
En el caso de que algún Centro no cumpliera con las obligaciones recogidas en el Anexo
I, este Centro será notificado y estará obligado a devolver los materiales entregados a la
Consejería de Educación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional los hará llegar a Fundación Vodafone en un plazo de 30 días hábiles desde su recepción, respetando los compromisos adquiridos por las Partes. Si la Consejería de Educación o los Centros, destinan los
materiales a un uso distinto de aquel para el que se prestó, o los conserva en su poder por
más tiempo del convenido, serán responsables, respectivamente, de su pérdida, aunque
ésta sobrevenga por caso fortuito.
Durante este periodo, Fundación Vodafone conserva la propiedad de los materiales prestados y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional obtiene el uso de ellos.
1.2. A la finalización del Proyecto, en julio de 2027, Fundación Vodafone donará a la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional los materiales utilizados para
la realización del Proyecto, de acuerdo con las cantidades arriba determinadas, para que
estos puedan ser cedidos a los Centros con el objetivo de que los Centros puedan seguir
impartiendo el Proyecto DigiCraft.
5. V
igencia.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y se mantendrá en vigor hasta el
31 de julio de 2027, pudiendo las Partes prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso
y escrito, no pudiendo ser superior dicha prórroga a cuatro años. No se entenderá que el
mismo ha sido prorrogado o reconducido sin el previo, expreso y escrito consentimiento
de todas las Partes.
6. T
erminación anticipada.
El presente Convenio podrá resolverse por las causas de resolución establecidas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.
Martes 1 de octubre de 2024
46023
materiales especificados anteriormente serán responsables, de conformidad con lo que establezca la respectiva Convocatoria según lo establecido en el Anexo I del presente convenio, del cumplimiento por su parte de los compromisos adquiridos en relación a los mismos
y, especialmente, del cumplimiento, durante la ejecución del Proyecto, con la operación,
cuidado y mantenimiento conforme a las responsabilidades fijadas en los compromisos de
cada Parte en este convenio, sin que las incidencias sobre este material, pueden implicar
aportación adicional por parte de Fundación Vodafone o la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
En el caso de que algún Centro no cumpliera con las obligaciones recogidas en el Anexo
I, este Centro será notificado y estará obligado a devolver los materiales entregados a la
Consejería de Educación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional los hará llegar a Fundación Vodafone en un plazo de 30 días hábiles desde su recepción, respetando los compromisos adquiridos por las Partes. Si la Consejería de Educación o los Centros, destinan los
materiales a un uso distinto de aquel para el que se prestó, o los conserva en su poder por
más tiempo del convenido, serán responsables, respectivamente, de su pérdida, aunque
ésta sobrevenga por caso fortuito.
Durante este periodo, Fundación Vodafone conserva la propiedad de los materiales prestados y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional obtiene el uso de ellos.
1.2. A la finalización del Proyecto, en julio de 2027, Fundación Vodafone donará a la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional los materiales utilizados para
la realización del Proyecto, de acuerdo con las cantidades arriba determinadas, para que
estos puedan ser cedidos a los Centros con el objetivo de que los Centros puedan seguir
impartiendo el Proyecto DigiCraft.
5. V
igencia.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y se mantendrá en vigor hasta el
31 de julio de 2027, pudiendo las Partes prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso
y escrito, no pudiendo ser superior dicha prórroga a cuatro años. No se entenderá que el
mismo ha sido prorrogado o reconducido sin el previo, expreso y escrito consentimiento
de todas las Partes.
6. T
erminación anticipada.
El presente Convenio podrá resolverse por las causas de resolución establecidas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.