Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063044)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de bodega de vinos, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Virgen de la Estrella, en el término municipal de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024
46172
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26
del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones y los
del Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del ruido, en lo
referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
c) Plan de actuaciones y medidas para situaciones con posibles repercusiones en la calidad
del medio ambiente, que incluya la posibilidad de presencia de fugas en el depósito de
almacenamiento de aguas residuales de proceso.
d) Programa de vigilancia ambiental conforme al informe de impacto ambiental.
- g - Vigilancia y seguimiento.
Residuos producidos:
1. E
l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados. Entre el contenido del registro de residuos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
2. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
3. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que
puedan afectar al medio ambiente.
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales, el titular de la instalación industrial deberá:
— Comunicarlo a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo posible, sin
perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
— Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
Martes 1 de octubre de 2024
46172
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26
del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones y los
del Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del ruido, en lo
referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
c) Plan de actuaciones y medidas para situaciones con posibles repercusiones en la calidad
del medio ambiente, que incluya la posibilidad de presencia de fugas en el depósito de
almacenamiento de aguas residuales de proceso.
d) Programa de vigilancia ambiental conforme al informe de impacto ambiental.
- g - Vigilancia y seguimiento.
Residuos producidos:
1. E
l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados. Entre el contenido del registro de residuos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
2. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
3. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que
puedan afectar al medio ambiente.
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales, el titular de la instalación industrial deberá:
— Comunicarlo a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo posible, sin
perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
— Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.