Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024040190)
Decreto 120/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024

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Y en esta misma franja superior, a la izquierda, la siguiente imagen:

Las dimensiones de esta imagen serán de 70 mm de altura, por 240 mm de ancho,
siendo el tipo de letra “Abertus condensada” y el color verde Pantone 354.
e. En la franja central se incluirá la leyenda:
“En virtud de la subvención otorgada por el Instituto de Consumo de Extremadura, esta
asociación atiende gratuitamente las consultas y reclamaciones de las personas consu­
midoras y usuarias”.
El tipo de letra a utilizar será “Gill Sans Regular” y su tamaño 20 mm, en color blanco,
sobre fondo verde.
f. Y en la franja inferior, en negro sobre fondo blanco, a la izquierda se indicará el nombre y,
en su caso, el logotipo de la asociación, en un espacio de una anchura máxima de 150 mm.
Y a la derecha, igualmente en color negro y en un espacio de una anchura de 150 mm,
el importe de la subvención en número.
La placa deberá de instalarse en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la
notificación de la resolución de concesión de la subvención, debiendo permanecer duran­
te el resto del ejercicio, de modo que el incumplimiento sobrevenido de esta obligación
de publicidad será causa de pérdida de derecho al cobro y/o reintegro de la subvención.
2. E
 n la página inicial de la web de la beneficiaria, cuando ésta exista, deberá hacerse constar
la concesión de la subvención, con la indicación del importe y la inclusión de los logos y la
leyenda que se señalan en el apartado anterior.
3. E
 n las facturas, nóminas y demás documentos que se aporten para justificar la subvención
deberá hacerse constar que los gastos a los que se refieren se financian con cargo a la
subvención otorgada por el Instituto de Consumo de Extremadura. A tal efecto se incluirá
la leyenda: “Actividad subvencionada por INCOEX”.
4. E
 n la memoria justificativa de las actuaciones subvencionadas se deberá indicar que han
sido financiadas con fondos del Instituto de Consumo de Extremadura. Esta memoria de­
berá estar también publicada en la página web de la beneficiaria.