Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062992)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de complejo turístico rural, cuyo promotor es Wanagi Esquerre Blanco, en el término municipal de Losar de la Vera (Cáceres). Expte.: IA24/694.
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NÚMERO 190
Lunes 30 de septiembre de 2024
45897
3.2.2 Alternativas.
El documento ambiental ha realizado un análisis de las siguientes alternativas:
— Alternativa 0. No llevar a cabo la actuación.
— Alternativa 1. Construcción de un complejo turístico rural, a ubicar en las parcelas
150, 153, 178 y 184 del polígono 6 del término municipal de Losar de la Vera,
conformado por una villa, un bungalow grande, cuatro bungalows pequeños, un
pabellón de piscina, una piscina, un almacén y un parking cubierto.
— Alternativa 2. Se contempla la propuesta de realizar un complejo turístico en un
único edificio, sin diseminar.
Alternativa elegida. El promotor ha optado por la alternativa 1, ya que, debido al tamaño de los edificios planteados y diseminados, se podrían ejecutar en zonas libres de
árboles, sin necesidad de eliminación de los mismos. Llevando a cabo un único edificio,
no es posible la ejecución del mismo sin afectar a la vegetación existente. Por otro lado,
considera que, se generaría menor impacto visual, que si se construyese un único edificio.
3.3 Características del potencial impacto
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El presente proyecto no se encuentra incluido dentro la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, no obstante, se ubica a 250 metros de la ZEPA “Río y Pinares del Tiétar”
(ES0000427) y la ZEC “Río Tiétar” (ES4320031). El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, informa que la actividad solicitada, no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan las medidas indicadas.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Tajo, en lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, las parcelas se encuentran dentro del área de
captación de la zona sensible “Embalse de Torrejón - Tiétar– ES030ZSENESCM550” y,
la parte situada al oeste, en la zona de abastecimiento “CAP -2 Garganta de Cuartos–
ES030ZCCM0000003068. A pesar de que las actuaciones no se localicen en las cercanías de aguas superficiales ni asienten sobre masas de agua subterránea, se indica que
han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la puesta en
práctica de las actuaciones contempladas en el proyecto deberán tenerse en cuenta las
Lunes 30 de septiembre de 2024
45897
3.2.2 Alternativas.
El documento ambiental ha realizado un análisis de las siguientes alternativas:
— Alternativa 0. No llevar a cabo la actuación.
— Alternativa 1. Construcción de un complejo turístico rural, a ubicar en las parcelas
150, 153, 178 y 184 del polígono 6 del término municipal de Losar de la Vera,
conformado por una villa, un bungalow grande, cuatro bungalows pequeños, un
pabellón de piscina, una piscina, un almacén y un parking cubierto.
— Alternativa 2. Se contempla la propuesta de realizar un complejo turístico en un
único edificio, sin diseminar.
Alternativa elegida. El promotor ha optado por la alternativa 1, ya que, debido al tamaño de los edificios planteados y diseminados, se podrían ejecutar en zonas libres de
árboles, sin necesidad de eliminación de los mismos. Llevando a cabo un único edificio,
no es posible la ejecución del mismo sin afectar a la vegetación existente. Por otro lado,
considera que, se generaría menor impacto visual, que si se construyese un único edificio.
3.3 Características del potencial impacto
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El presente proyecto no se encuentra incluido dentro la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, no obstante, se ubica a 250 metros de la ZEPA “Río y Pinares del Tiétar”
(ES0000427) y la ZEC “Río Tiétar” (ES4320031). El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, informa que la actividad solicitada, no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan las medidas indicadas.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Tajo, en lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, las parcelas se encuentran dentro del área de
captación de la zona sensible “Embalse de Torrejón - Tiétar– ES030ZSENESCM550” y,
la parte situada al oeste, en la zona de abastecimiento “CAP -2 Garganta de Cuartos–
ES030ZCCM0000003068. A pesar de que las actuaciones no se localicen en las cercanías de aguas superficiales ni asienten sobre masas de agua subterránea, se indica que
han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la puesta en
práctica de las actuaciones contempladas en el proyecto deberán tenerse en cuenta las