Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063031)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de conciertos sociales para la prestación del Servicio de Centro Ocupacional dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45594
corresponda, y hasta que el problema se solucione, el órgano gestor mediante resolución
publicada en la sede electrónica podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. L
a convocatoria o los pliegos del concierto sólo podrán ser modificados por error material,
aritmético o, de hecho. En el caso de que la modificación operada afecte a la concurrencia,
se ampliará el plazo de presentación de solicitudes por el tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la de su rectificación. En otro caso, la modificación de éstos
conllevará la retroacción de actuaciones con apertura de un nuevo plazo de presentación
de solicitudes de participación.
Séptimo. Documentación.
1. La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de
la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de que cumple los requisitos de acceso previstos en el resuelvo
segundo (Anexo III).
b) Declaración responsable de que no se encuentra incursa en ninguna prohibición para
contratar establecida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector
público, ni ha sido sancionada en los términos establecidos en la Ley 14/2015, de 9 de
abril, de Servicios Sociales de Extremadura. Asimismo, que no se encuentra en ninguna causa que dé lugar a la resolución del concierto en los términos del artículo 6.2 del
Decreto 122/2022, de 28 de septiembre (anexo III).
c) Declaración responsable de que la entidad dispone o dispondrá a fecha de inicio de la
prestación de los servicios, de los recursos humanos y medios materiales previstos en el
anexo V del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se dispone el Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura (anexo III).
d) Declaración responsable de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a
la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como autorización u oposición expresa al órgano gestor para que
recabe de oficio tales datos (anexo III).
e) A
utorización para que el órgano gestor compruebe de oficio los Estatutos de la entidad
(anexo III) o, en su defecto, aportación de estos.
f) Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
g) Documentación justificativa de los criterios de selección previstos en el resuelvo octavo.
Viernes 27 de septiembre de 2024
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corresponda, y hasta que el problema se solucione, el órgano gestor mediante resolución
publicada en la sede electrónica podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. L
a convocatoria o los pliegos del concierto sólo podrán ser modificados por error material,
aritmético o, de hecho. En el caso de que la modificación operada afecte a la concurrencia,
se ampliará el plazo de presentación de solicitudes por el tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la de su rectificación. En otro caso, la modificación de éstos
conllevará la retroacción de actuaciones con apertura de un nuevo plazo de presentación
de solicitudes de participación.
Séptimo. Documentación.
1. La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de
la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de que cumple los requisitos de acceso previstos en el resuelvo
segundo (Anexo III).
b) Declaración responsable de que no se encuentra incursa en ninguna prohibición para
contratar establecida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector
público, ni ha sido sancionada en los términos establecidos en la Ley 14/2015, de 9 de
abril, de Servicios Sociales de Extremadura. Asimismo, que no se encuentra en ninguna causa que dé lugar a la resolución del concierto en los términos del artículo 6.2 del
Decreto 122/2022, de 28 de septiembre (anexo III).
c) Declaración responsable de que la entidad dispone o dispondrá a fecha de inicio de la
prestación de los servicios, de los recursos humanos y medios materiales previstos en el
anexo V del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se dispone el Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura (anexo III).
d) Declaración responsable de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a
la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como autorización u oposición expresa al órgano gestor para que
recabe de oficio tales datos (anexo III).
e) A
utorización para que el órgano gestor compruebe de oficio los Estatutos de la entidad
(anexo III) o, en su defecto, aportación de estos.
f) Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
g) Documentación justificativa de los criterios de selección previstos en el resuelvo octavo.