Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063032)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de conciertos sociales para la prestación del Servicio de Centro de Día dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
45642
Viernes 27 de septiembre de 2024
ZONA
Número de plazas
JEREZ CABALLEROS
20
LLERENA
30
MÉRIDA
48
MONTIJO
50
OLIVENZA
16
PUEBLA DE ALCOCER
20
SAN VICENTE ALCÁNTARA
12
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
26
VILLANUEVA DE LA SERENA
81
ZAFRA
52
5. Los municipios incluidos en cada una de las zonas anteriores son los que establecen en el
anexo IV, sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudieran producirse.
6. Las entidades únicamente podrán solicitar la participación en el procedimiento de concertación respecto de aquellas zonas en las que tengan implantados sus servicios con plazas
acreditadas.
Segundo. Requisitos generales para concertar.
1. Podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades sin ánimo de lucro constituidas y
registradas como tales, que tengan asumidas estatutariamente la reinversión en sus fines
sociales de cualquier posible beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de
la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios
a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
2. Las entidades que participen en la convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos a
fecha de la finalización del plazo de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la
vigencia de la prestación del servicio concertado:
a) Figurar inscritas en el registro que las habilite como prestadoras del servicio de Centro de Día, establecido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el
Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), así como, para cuando
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Viernes 27 de septiembre de 2024
ZONA
Número de plazas
JEREZ CABALLEROS
20
LLERENA
30
MÉRIDA
48
MONTIJO
50
OLIVENZA
16
PUEBLA DE ALCOCER
20
SAN VICENTE ALCÁNTARA
12
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
26
VILLANUEVA DE LA SERENA
81
ZAFRA
52
5. Los municipios incluidos en cada una de las zonas anteriores son los que establecen en el
anexo IV, sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudieran producirse.
6. Las entidades únicamente podrán solicitar la participación en el procedimiento de concertación respecto de aquellas zonas en las que tengan implantados sus servicios con plazas
acreditadas.
Segundo. Requisitos generales para concertar.
1. Podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades sin ánimo de lucro constituidas y
registradas como tales, que tengan asumidas estatutariamente la reinversión en sus fines
sociales de cualquier posible beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de
la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios
a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
2. Las entidades que participen en la convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos a
fecha de la finalización del plazo de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la
vigencia de la prestación del servicio concertado:
a) Figurar inscritas en el registro que las habilite como prestadoras del servicio de Centro de Día, establecido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el
Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), así como, para cuando