Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063032)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de conciertos sociales para la prestación del Servicio de Centro de Día dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

45672

Se aplicará el módulo de 24 plazas a aquellos centros concertados para 24 o más personas usuarias,
aplicando la proporcionalidad en función de las personas atendidas.
Para los centros con menos de 23 plazas, aplicará las ratios del módulo de 12, de forma proporcional al
número de personas atendidas.
Modulo 24 plazas Modulo 12 plazas
PERSONAL DE ATENCION DIRECTA
Profesionales tipo I
1/24
05/24
Profesionales tipo II
1/8
05/12
Profesionales tipo III
1/4
1/3
PERSONAL DE ATENCION INDIRECTA
Gerencia
1/60
1/60
Administración
0,5/60
0,5/60
Limpieza
1/48
1/48
Jefe cocina
1/30
1/30
Cuidadores comedor
0,5/24
0,5/12
Conductores
0,5/24
0,5/12
Cuidadores de transporte
0,5/24
0,5/24
Mantenimiento
1/60
1/60
Aquellas entidades que resulten adjudicatarias de un número inferior al módulo de concertación mínimo
deberán cumplir con la ratio de recursos humanos de forma proporcional. Se establece un mínimo de 6
plazas para que el concierto resulte viable
a) Servicios adicionales:
- Comedor y cocina
Estos centros deberán contemplar que las personas usuarias disfruten del servicio de comedor en
régimen de media pensión. Tendrán garantizados los servicios de comedor adecuados a sus
características.
- Transporte
El centro dispondrá de un servicio de transporte adecuado a las características de las personas
usuarias y que les permita acudir al servicio de centro de día durante los 220 días y en el horario de
atención.
El servicio de transporte deberá contar con una persona, además del/la conductor/a para supervisión
de las personas usuarias.
En las zonas rurales de difícil acceso e insuficiencia de recursos en la Comunidad deberá dotarse un
servicio adecuado a las necesidades.
Los servicios de limpieza, comedor y cocina y transporte se podrán realizar con medios propios o
ajenos mediante concierto o contrato de servicios.
3. Las entidades concertadas están obligadas a que sus centros dispongan, durante la vigencia del concierto
y para el cumplimiento de los objetivos asistenciales previstos, de los recursos materiales, equipamiento y
sistemas informáticos y de comunicaciones, en su caso, necesarios para realizar con eficacia, calidad y