Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063032)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de conciertos sociales para la prestación del Servicio de Centro de Día dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
45671
Viernes 27 de septiembre de 2024
necesarios de intervención técnica a criterio del servicio y posibilitando compartir este personal con otros
servicios que preste la entidad.
Los perfiles de atención se pueden definir entendiendo que el equipo multidisciplinar pueda hacer
frente a las capacidades necesarias que le permitan conseguir los objetivos marcados para el servicio,
garantizando un estándar de calidad y de costes de funcionamiento.
Sobre la base de este marco conceptual, se establece el modelo de intervención apoyado en tres
tipos de profesionales:
TIPOLOGIA
Profesional 1
NIVEL
ACADEMICO
Titulado de grado
superior o grado
TITULACIÓN
Medicina
Psicología
Pedagogía
Profesional II
Titulado de grado
o diplomatura
Trabajo social
Logopedia/audición y
lenguaje
Terapia ocupacional
Psicomotricista
Fisioterapia
Pedagogía terapéutica
Enfermería
Educación social
Musicoterapia
Profesional III
Técnicos
especialistas
Cuidador/a
Interprete lengua de
signos
FUNCIONES
Profesionales
con
formación
de
carácter
psicopedagógica que realizarán, entre otras, las
siguientes funciones.
Atención psicosocial de la persona usuaria y su
familia.
Intervención y planificación de las diferentes
áreas de trabajo propias del recurso de centro
de día.
Colaboración con el equipo profesional del
centro en la elaboración del programa individual
de cada persona usuaria mediante la aportación
de medidas de carácter asistencial y de carácter
habilitador y rehabilitador.
Profesionales con una formación de carácter social,
educativo y sanitario y que entre sus funciones están:
Planificar y programar las diferentes tareas a
realizar y la ubicación de personas usuarias en las
mismas, así como participar en la coordinación
general de tareas.
Orientar a las personas usuarias en la realización
de las tareas y en los programas de habilidades
sociales y habilitación personal y social.
Efectuar el seguimiento de las personas usuarias
en sus actividades en el centro.
Evaluación y orientación sociofamiliar de la
persona usuaria y su entorno.
Profesionales del área educativa que llevan a cabo las
siguientes funciones:
Adiestrar y orientar a las personas usuarias en
las actividades de desarrollo personal y social.
Realizar el seguimiento de las personas usuarias
en la realización de las tareas de la vida diaria
mediante un tipo de instrumento acorde para la
evaluación, tanto individual como colectiva.
2. Para la prestación del servicio, el centro deberá contar, al menos, con las siguientes ratios de personal,
referidas en jornadas completas conforme al Convenio del sector vigente o, en su caso, la legislación
nacional a aplicar.
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Viernes 27 de septiembre de 2024
necesarios de intervención técnica a criterio del servicio y posibilitando compartir este personal con otros
servicios que preste la entidad.
Los perfiles de atención se pueden definir entendiendo que el equipo multidisciplinar pueda hacer
frente a las capacidades necesarias que le permitan conseguir los objetivos marcados para el servicio,
garantizando un estándar de calidad y de costes de funcionamiento.
Sobre la base de este marco conceptual, se establece el modelo de intervención apoyado en tres
tipos de profesionales:
TIPOLOGIA
Profesional 1
NIVEL
ACADEMICO
Titulado de grado
superior o grado
TITULACIÓN
Medicina
Psicología
Pedagogía
Profesional II
Titulado de grado
o diplomatura
Trabajo social
Logopedia/audición y
lenguaje
Terapia ocupacional
Psicomotricista
Fisioterapia
Pedagogía terapéutica
Enfermería
Educación social
Musicoterapia
Profesional III
Técnicos
especialistas
Cuidador/a
Interprete lengua de
signos
FUNCIONES
Profesionales
con
formación
de
carácter
psicopedagógica que realizarán, entre otras, las
siguientes funciones.
Atención psicosocial de la persona usuaria y su
familia.
Intervención y planificación de las diferentes
áreas de trabajo propias del recurso de centro
de día.
Colaboración con el equipo profesional del
centro en la elaboración del programa individual
de cada persona usuaria mediante la aportación
de medidas de carácter asistencial y de carácter
habilitador y rehabilitador.
Profesionales con una formación de carácter social,
educativo y sanitario y que entre sus funciones están:
Planificar y programar las diferentes tareas a
realizar y la ubicación de personas usuarias en las
mismas, así como participar en la coordinación
general de tareas.
Orientar a las personas usuarias en la realización
de las tareas y en los programas de habilidades
sociales y habilitación personal y social.
Efectuar el seguimiento de las personas usuarias
en sus actividades en el centro.
Evaluación y orientación sociofamiliar de la
persona usuaria y su entorno.
Profesionales del área educativa que llevan a cabo las
siguientes funciones:
Adiestrar y orientar a las personas usuarias en
las actividades de desarrollo personal y social.
Realizar el seguimiento de las personas usuarias
en la realización de las tareas de la vida diaria
mediante un tipo de instrumento acorde para la
evaluación, tanto individual como colectiva.
2. Para la prestación del servicio, el centro deberá contar, al menos, con las siguientes ratios de personal,
referidas en jornadas completas conforme al Convenio del sector vigente o, en su caso, la legislación
nacional a aplicar.