Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063033)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de concierto social para la prestación del Servicio de Habilitación Funcional dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

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Sobre la base de este marco conceptual, se establece el modelo de intervención apoyado en un tipo
de profesional:
– Profesional TIPO II: Fisioterapeuta.
PERFIL DE LOS PROFESIONALES DE ATENCIÓN DIRECTA
El profesional encargado de llevar a cabo el tratamiento deberá ser Diplomado o Graduado en
Fisioterapia, ya que es éste el perfil profesional que dispone de los conocimientos de técnicas específicas,
siendo, a su vez, supervisado por el médico rehabilitador.

IV. EL SERVICIO DE TERAPIA OCUPACIONAL
A) METODOLOGÍA DE INTERVENCIÓN
METODOLOGÍA Y TÉCNICAS
Las propias de la especialidad, respetando el criterio y la orientación de los profesionales y siempre
dirigidas a obtener el mayor nivel de eficacia y satisfacción de la persona usuaria.
PROGRAMACIÓN
Las sesiones serán individualizadas. Al incorporarse al Servicio se realizará una programación en la
que se incluirán las áreas a trabajar, así como los objetivos a conseguir y las actividades y procedimientos
para lograr esos objetivos. Todo ello a partir de una evaluación inicial de las capacidades de la persona
usuaria y las áreas deficitarias.
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
Toda intervención en Terapia Ocupacional tiene como objetivo el desarrollo de las capacidades de la
persona a partir de unos objetivos iniciales que habrán de modificarse y adaptarse en función de los logros
y adquisiciones de la misma. En este sentido, y a partir de la valoración y programación inicial se
establecerán los criterios de evaluación de dichos objetivos, así como los periodos de evaluación.
El seguimiento del tratamiento se llevará a cabo por un profesional responsable, junto con el
terapeuta, quedando recogida en la ficha de seguimiento tanto los objetivos conseguidos como los nuevos
objetivos establecidos.
SESIONES
Con carácter general, el número de sesiones para llevar a cabo un tratamiento óptimo para el
desarrollo de la persona usuaria es de tres sesiones semanales, con una duración de 30 minutos, o dos
sesiones semanales de 45 minutos y siempre individualizada.
El servicio podrá, en función de criterios técnicos, redistribuir los recursos y las sesiones del propio
Servicio en función de las necesidades de las personas usuarias.
CRITERIOS PARA LA FINALIZACIÓN DEL TRATAMIENTO