Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062978)
Resolución de 14 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la actividad dedicada a la fabricación de carbón vegetal y gestión y valorización de residuos de madera, promovida por Corchos Oliva, SL, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45171
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
• Con fecha 23 de noviembre de 2023 se recibe informe de la Sección de Conservación y
Explotación de Carreteras de Badajoz informando favorablemente.
• Con fecha 11 de julio de 2024 se recibe informe favorable emitido por Servicio de Protección Civil indicando que dicho proyecto, en el cual se indica lo siguiente:
E
l proyecto presenta una vulnerabilidad BAJA para las personas por accidentes graves,
puesto que el técnico redactor determina que no habrá presencia de sustancias peligrosas superior al 2% del umbral inferior en las actuaciones de fabricación de carbón
mediante hornos pirolíticos del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el
que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en
los que intervengan sustancias peligrosas.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que
se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar lugar a situaciones de emergencia.
E
l industrial no podrá modificar el número y cantidad de sustancias peligrosas informadas, ni la configuración de los elementos de la instalación, si con ello se viera incrementado el riesgo en cualquier zona situada en el exterior del establecimiento.
E
l titular de la infraestructura es el responsable de la veracidad de la información facilitada, y deberá cumplir y desarrollar las medidas establecidas necesarias para el inicio de
la actividad.
• Con fecha 27 octubre de 2023 se recibe informe del Agente del Medio Natural.
• Con fecha 4 de febrero de 2024 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales. No obstante, si durante la
realización de las actuaciones se detectara la presencia de alguna especie incluida en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de
13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad
Jueves 26 de septiembre de 2024
45171
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
• Con fecha 23 de noviembre de 2023 se recibe informe de la Sección de Conservación y
Explotación de Carreteras de Badajoz informando favorablemente.
• Con fecha 11 de julio de 2024 se recibe informe favorable emitido por Servicio de Protección Civil indicando que dicho proyecto, en el cual se indica lo siguiente:
E
l proyecto presenta una vulnerabilidad BAJA para las personas por accidentes graves,
puesto que el técnico redactor determina que no habrá presencia de sustancias peligrosas superior al 2% del umbral inferior en las actuaciones de fabricación de carbón
mediante hornos pirolíticos del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el
que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en
los que intervengan sustancias peligrosas.
E
l proyecto no está afectado por el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que
se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar lugar a situaciones de emergencia.
E
l industrial no podrá modificar el número y cantidad de sustancias peligrosas informadas, ni la configuración de los elementos de la instalación, si con ello se viera incrementado el riesgo en cualquier zona situada en el exterior del establecimiento.
E
l titular de la infraestructura es el responsable de la veracidad de la información facilitada, y deberá cumplir y desarrollar las medidas establecidas necesarias para el inicio de
la actividad.
• Con fecha 27 octubre de 2023 se recibe informe del Agente del Medio Natural.
• Con fecha 4 de febrero de 2024 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales. No obstante, si durante la
realización de las actuaciones se detectara la presencia de alguna especie incluida en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de
13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad