Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024040173)
Decreto 107/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024

45059

Artículo 2. Provisión de puestos reservados a personal funcionario de Administración
Local con habilitación nacional mediante nombramiento interino.
Los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación nacional en entidades locales extremeñas podrán ser provistos mediante nombramiento
interino, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, cuando no fuese posible su provisión por personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional.
Artículo 3. Sistemas de selección.
La selección del personal funcionario interino incluido en el ámbito de aplicación de este decreto se podrá llevar a cabo a través de uno de estos sistemas, a elección de la entidad local
interesada:
a) Proceso selectivo convocado por las entidades locales, del cual se elevará al órgano autonómico competente una propuesta de nombramiento de personal funcionario interino.
b) Proceso selectivo específico convocado por la administración autonómica, del cual surgirá una relación propia de personas candidatas; en estos casos, la entidad local podrá
solicitar al órgano autonómico competente el nombramiento interino de la persona aspirante que corresponda, entre los que formen parte de esa relación.
CAPÍTULO II
Selección de personal funcionario interino por las entidades locales
Artículo 4. Acreditación de la imposibilidad de cubrir el puesto y de la existencia de
circunstancia que posibilite el nombramiento.
Para efectuar la convocatoria de selección del personal funcionario interino deberá quedar
previamente acreditado en el procedimiento la imposibilidad de llevar a cabo la cobertura del
puesto por alguna otra de las formas de provisión preferente.
Para ello, la entidad local deberá solicitar informe del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local sobre la inexistencia de persona funcionaria con
habilitación nacional interesada en la provisión no definitiva del puesto y simultáneamente
remitirá dicha solicitud al órgano autonómico competente para la publicación del anuncio en
el Portal Corporativo de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es), en el tema Administración pública, subtema Entidades locales.
A estos efectos, el colegio dará publicidad por un período no inferior a cinco días hábiles,
durante los cuales se podrá manifestar por las personas interesadas su interés preferente