Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024040173)
Decreto 107/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
I
45056
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
DECRETO 107/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el procedimiento
de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar
puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local
con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2024040173)
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local ha reservado las
funciones públicas necesarias en todas las entidades locales a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. El régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional se encuentra en el Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que establece que cuando no fuese posible la provisión
de estos puestos reservados por las entidades locales, éstas podrán proponer a la Comunidad
Autónoma correspondiente el nombramiento interino de personal funcionario.
La normativa básica estatal articula dos fórmulas para proveer interinamente los puestos reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, a elección de la entidad
local interesada: la entidad local realiza el proceso selectivo y eleva al órgano autonómico
competente una propuesta de nombramiento; y también puede la Comunidad Autónoma seleccionar mediante el correspondiente proceso, a personas capacitadas para desempeñar las
funciones reservadas, integrándolas en una lista autonómica específica.
Para ello, el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, permite a las Comunidades Autónomas poder constituir, en su ámbito territorial, una relación o lista propia de personas
candidatas para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional convocando la celebración
de las correspondientes pruebas de aptitud, con respeto a los principios de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
La aplicación de estas previsiones instó a nuestra Comunidad Autónoma a aprobar el Decreto 162/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selección y nombramientos con
carácter interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicado en el Diario Oficial de
Extremadura núm. 196, de 8 de octubre 2018).
Sin embargo, el contenido de este decreto se ve afectado por la Orden del Ministerio de Política Territorial y Función Pública TFP/297/2019 de 7 de marzo, por la que se establece el
Jueves 26 de septiembre de 2024
I
45056
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
DECRETO 107/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el procedimiento
de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar
puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local
con habilitación nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2024040173)
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local ha reservado las
funciones públicas necesarias en todas las entidades locales a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. El régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional se encuentra en el Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que establece que cuando no fuese posible la provisión
de estos puestos reservados por las entidades locales, éstas podrán proponer a la Comunidad
Autónoma correspondiente el nombramiento interino de personal funcionario.
La normativa básica estatal articula dos fórmulas para proveer interinamente los puestos reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, a elección de la entidad
local interesada: la entidad local realiza el proceso selectivo y eleva al órgano autonómico
competente una propuesta de nombramiento; y también puede la Comunidad Autónoma seleccionar mediante el correspondiente proceso, a personas capacitadas para desempeñar las
funciones reservadas, integrándolas en una lista autonómica específica.
Para ello, el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, permite a las Comunidades Autónomas poder constituir, en su ámbito territorial, una relación o lista propia de personas
candidatas para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional convocando la celebración
de las correspondientes pruebas de aptitud, con respeto a los principios de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
La aplicación de estas previsiones instó a nuestra Comunidad Autónoma a aprobar el Decreto 162/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selección y nombramientos con
carácter interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicado en el Diario Oficial de
Extremadura núm. 196, de 8 de octubre 2018).
Sin embargo, el contenido de este decreto se ve afectado por la Orden del Ministerio de Política Territorial y Función Pública TFP/297/2019 de 7 de marzo, por la que se establece el