Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063000)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvención a la Asociación Derechos Humanos y de las Mujeres de Extremadura, en el marco de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 187
Miércoles 25 de septiembre de 2024
44893
que el proyecto se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad
(Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres),
debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto por el Pacto de Estado
contra la violencia de género.
Para ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos,
así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación que éste ha sido
financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado
de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres), en el marco del Pacto
de Estado contra la Violencia de Género, así como el logotipo de Pacto de Estado. Se deberá
realizar la aportación del material gráfico (folleto, carteles, tríptico), fotografías de las actividades o material utilizado en la evaluación (cuestionarios, informes de resultado) y otros
soportes utilizados.
Por su parte, la concesión de la presente subvención será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 y en el artículo 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la comunidad Autónoma de Extremadura.
De igual modo, y conforme a lo establecido en el artículo 19.1 de la precitada ley, se dará publicidad de las ayudas concedidas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal electrónico de
Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013,
de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Además, se remitirá, para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
conforme se exige en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Condición undécima. Régimen jurídico aplicable.
El régimen jurídico aplicable a la presente subvención será el recogido, en el marco de la legislación básica del Estado, en las bases reguladoras establecidas en la Orden de 27 de julio
de 2022 (DOE n.º 145, de 28 de julio), en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura; la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de subvenciones, así como la resolución de convocatoria de 10 de junio de 2024 y
en las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las restantes
normas de derecho administrativo que, por razón de la materia, le sean de aplicación.
Miércoles 25 de septiembre de 2024
44893
que el proyecto se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad
(Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres),
debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto por el Pacto de Estado
contra la violencia de género.
Para ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos,
así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación que éste ha sido
financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado
de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres), en el marco del Pacto
de Estado contra la Violencia de Género, así como el logotipo de Pacto de Estado. Se deberá
realizar la aportación del material gráfico (folleto, carteles, tríptico), fotografías de las actividades o material utilizado en la evaluación (cuestionarios, informes de resultado) y otros
soportes utilizados.
Por su parte, la concesión de la presente subvención será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 y en el artículo 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la comunidad Autónoma de Extremadura.
De igual modo, y conforme a lo establecido en el artículo 19.1 de la precitada ley, se dará publicidad de las ayudas concedidas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal electrónico de
Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013,
de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Además, se remitirá, para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
conforme se exige en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Condición undécima. Régimen jurídico aplicable.
El régimen jurídico aplicable a la presente subvención será el recogido, en el marco de la legislación básica del Estado, en las bases reguladoras establecidas en la Orden de 27 de julio
de 2022 (DOE n.º 145, de 28 de julio), en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura; la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de subvenciones, así como la resolución de convocatoria de 10 de junio de 2024 y
en las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las restantes
normas de derecho administrativo que, por razón de la materia, le sean de aplicación.