Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062949)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Conservas El Cidacos, SA, en el término municipal de Coria.
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NÚMERO 187
45010
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Clasificación Ley 34/2007 de 15 de
noviembre, de calidad del aire y
protección de la atmósfera
Foco de emisión
N.º
Denominación
Grupo
Código
S NS C D
Combustible
o producto
asociado
Proceso
asociado
4
Caldera (ptn 15,66 MW) B
03 01 03 02
Gas natural
Producción de
vapor
5
Motor Sistema contraincencio (ptn 0,033 MW)
03 01 06 05
Gasoil
Sistema contra incendios
S: Sistemático
NS: No Sistemático
C: Confinado
D: Difuso
4. S
e establecen los siguientes valores límite de emisión para los focos 1, 2 y 3:
Contaminante
VLE
Monóxidos de nitrógeno (NOx) expresados como
200 mg/Nm³
dióxido de nitrógeno (NO2)
5. S
e establecen los siguientes valores límite de emisión para el foco 4:
Contaminante
Monóxidos de nitrógeno (NOx) expresados
como dióxido de nitrógeno (NO2)
VLE
100 mg/Nm³
6. Los valores límite de emisión indicados para los focos 1-4 serán valores medios, medidos
siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado relativo al control y seguimiento
de la AAI. Además, están expresados en unidades de masa de contaminante emitidas por
unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en metros cúbicos medidos
en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección
del contenido en vapor de agua y, en su caso, referencia al contenido de oxígeno de 3 %.
7. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
8. Deberá contemplarse un plan de gestión de posibles olores como parte del sistema de gestión ambiental (MTD 15).
45010
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Clasificación Ley 34/2007 de 15 de
noviembre, de calidad del aire y
protección de la atmósfera
Foco de emisión
N.º
Denominación
Grupo
Código
S NS C D
Combustible
o producto
asociado
Proceso
asociado
4
Caldera (ptn 15,66 MW) B
03 01 03 02
Gas natural
Producción de
vapor
5
Motor Sistema contraincencio (ptn 0,033 MW)
03 01 06 05
Gasoil
Sistema contra incendios
S: Sistemático
NS: No Sistemático
C: Confinado
D: Difuso
4. S
e establecen los siguientes valores límite de emisión para los focos 1, 2 y 3:
Contaminante
VLE
Monóxidos de nitrógeno (NOx) expresados como
200 mg/Nm³
dióxido de nitrógeno (NO2)
5. S
e establecen los siguientes valores límite de emisión para el foco 4:
Contaminante
Monóxidos de nitrógeno (NOx) expresados
como dióxido de nitrógeno (NO2)
VLE
100 mg/Nm³
6. Los valores límite de emisión indicados para los focos 1-4 serán valores medios, medidos
siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado relativo al control y seguimiento
de la AAI. Además, están expresados en unidades de masa de contaminante emitidas por
unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en metros cúbicos medidos
en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección
del contenido en vapor de agua y, en su caso, referencia al contenido de oxígeno de 3 %.
7. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
8. Deberá contemplarse un plan de gestión de posibles olores como parte del sistema de gestión ambiental (MTD 15).