Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062955)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención a la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para el desarrollo del proyecto "Acercamiento de las políticas públicas de la Junta de Extremadura a la Comunidad Universitaria".
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NÚMERO 186
Martes 24 de septiembre de 2024
44509
tecnológicos e institucionales. e) La contribución al bienestar social, al progreso económico
y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en que estén insertas, así como a la
promoción de las lenguas oficiales de las mismas, a través de la formación, la investigación, la
transferencia e intercambio del conocimiento y la cultura del emprendimiento, tanto individual
como colectiva, a partir de fórmulas societarias convencionales o de economía social. f) La
generación de espacios de creación y difusión de pensamiento crítico. g) La transferencia e
intercambio del conocimiento y de la cultura al conjunto de la sociedad a través de la actividad
universitaria y la formación permanente o a lo largo de la vida del conjunto de la ciudadanía.
h) La formación de la ciudadanía a través de la transmisión de los valores y principios democráticos. i) El fomento de la participación de la comunidad universitaria y de la ciudadanía en
actividades promovidas por entidades de voluntariado y del tercer sector que se encuentren
en línea con los principios y valores del sistema universitario y j) Las demás funciones que se
les atribuyan legalmente.
Tercero. El artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece las funciones de la Universidad, y en su artículo 2.3 delimita la extensión de la
autonomía universitaria y dispone que esta autonomía comprende, entre otras:
c) La determinación de su organización y estructuras, incluida la creación de organismos y
entidades que actúen como apoyo para sus actividades.
i) El establecimiento e implantación de programas de investigación y de transferencia e
intercambio del conocimiento e innovación.
ñ) E
l impulso de programas específicos de becas y ayudas al estudiantado, así como, en su
caso, la colaboración en la gestión de éstos cuando son establecidos por las Administraciones Públicas.
q) El establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones, organismos,
Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas y entidades
locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad.
Para potenciar y desarrollar las funciones enunciadas, la Universidad de Extremadura impulsa
la constitución en 2005 de la Fundación Universidad-Sociedad que fue inscrita en el Registro
de Fundaciones en el año 2006, adquiriendo en ese momento personalidad jurídica y plena
capacidad jurídica y de obrar.
Cuarto. En el artículo 4 de los Estatutos de la Fundación se establece que tiene por objeto:
“el impulso y el desarrollo del diálogo y la comunicación entre la Universidad de Extremadura
y los distintos agentes económicos y sociales; la promoción y protección de toda clase de es-
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tecnológicos e institucionales. e) La contribución al bienestar social, al progreso económico
y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en que estén insertas, así como a la
promoción de las lenguas oficiales de las mismas, a través de la formación, la investigación, la
transferencia e intercambio del conocimiento y la cultura del emprendimiento, tanto individual
como colectiva, a partir de fórmulas societarias convencionales o de economía social. f) La
generación de espacios de creación y difusión de pensamiento crítico. g) La transferencia e
intercambio del conocimiento y de la cultura al conjunto de la sociedad a través de la actividad
universitaria y la formación permanente o a lo largo de la vida del conjunto de la ciudadanía.
h) La formación de la ciudadanía a través de la transmisión de los valores y principios democráticos. i) El fomento de la participación de la comunidad universitaria y de la ciudadanía en
actividades promovidas por entidades de voluntariado y del tercer sector que se encuentren
en línea con los principios y valores del sistema universitario y j) Las demás funciones que se
les atribuyan legalmente.
Tercero. El artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece las funciones de la Universidad, y en su artículo 2.3 delimita la extensión de la
autonomía universitaria y dispone que esta autonomía comprende, entre otras:
c) La determinación de su organización y estructuras, incluida la creación de organismos y
entidades que actúen como apoyo para sus actividades.
i) El establecimiento e implantación de programas de investigación y de transferencia e
intercambio del conocimiento e innovación.
ñ) E
l impulso de programas específicos de becas y ayudas al estudiantado, así como, en su
caso, la colaboración en la gestión de éstos cuando son establecidos por las Administraciones Públicas.
q) El establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones, organismos,
Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas y entidades
locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad.
Para potenciar y desarrollar las funciones enunciadas, la Universidad de Extremadura impulsa
la constitución en 2005 de la Fundación Universidad-Sociedad que fue inscrita en el Registro
de Fundaciones en el año 2006, adquiriendo en ese momento personalidad jurídica y plena
capacidad jurídica y de obrar.
Cuarto. En el artículo 4 de los Estatutos de la Fundación se establece que tiene por objeto:
“el impulso y el desarrollo del diálogo y la comunicación entre la Universidad de Extremadura
y los distintos agentes económicos y sociales; la promoción y protección de toda clase de es-