Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062955)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención a la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para el desarrollo del proyecto "Acercamiento de las políticas públicas de la Junta de Extremadura a la Comunidad Universitaria".
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NÚMERO 186
Martes 24 de septiembre de 2024
44507
CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN
A LA FUNDACIÓN UNIVERSIDAD-SOCIEDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “ACERCAMIENTO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA”
Mérida, 23 de agosto de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, Juan Manuel Merchán Pagador, en su condición de Director General de Comunicación y Relaciones Informativas de la Presidencia de la Junta de Extremadura, en virtud
del nombramiento efectuado por Decreto 105/2023, de 2 de agosto, (DOE n.º 149, de 3 de
agosto de 2023); y la Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en concreto, la competencia
para resolver la concesión de subvenciones cuya tramitación corresponda al órgano directivo
correspondiente por razón de la materia, incluida la concesión de las subvenciones de forma
directa, sin convocatoria previa, en los supuestos del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Javier Díaz Valea con DNI n.º ***9434**, en su calidad de Director-Gerente de
la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura con NIF: G-06456487,
constituida según consta en escritura pública otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de
Extremadura, D. Luis Pla Rubio, con el n.º 1.776 e inscrita en el Registro de Fundaciones con
el número 06/0106, de 2 de octubre de 2006; y con poderes suficientes.
Ambas partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose capacidad jurídica, competencia y legitimación suficientes para obligarse
y a tal efecto suscribir el presente Convenio,
MANIFIESTAN:
Primero. El artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece que los poderes públicos
regionales promoverán las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para
que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean
reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de todos en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un
contexto de libertad, justicia y solidaridad.
El derecho de participación debe ser un criterio transversal de actuación de la Administración
regional que permita a los ciudadanos y a la sociedad civil opinar, debatir, argumentar, formu-
Martes 24 de septiembre de 2024
44507
CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN
A LA FUNDACIÓN UNIVERSIDAD-SOCIEDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “ACERCAMIENTO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA”
Mérida, 23 de agosto de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, Juan Manuel Merchán Pagador, en su condición de Director General de Comunicación y Relaciones Informativas de la Presidencia de la Junta de Extremadura, en virtud
del nombramiento efectuado por Decreto 105/2023, de 2 de agosto, (DOE n.º 149, de 3 de
agosto de 2023); y la Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en concreto, la competencia
para resolver la concesión de subvenciones cuya tramitación corresponda al órgano directivo
correspondiente por razón de la materia, incluida la concesión de las subvenciones de forma
directa, sin convocatoria previa, en los supuestos del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Javier Díaz Valea con DNI n.º ***9434**, en su calidad de Director-Gerente de
la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura con NIF: G-06456487,
constituida según consta en escritura pública otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de
Extremadura, D. Luis Pla Rubio, con el n.º 1.776 e inscrita en el Registro de Fundaciones con
el número 06/0106, de 2 de octubre de 2006; y con poderes suficientes.
Ambas partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose capacidad jurídica, competencia y legitimación suficientes para obligarse
y a tal efecto suscribir el presente Convenio,
MANIFIESTAN:
Primero. El artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece que los poderes públicos
regionales promoverán las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para
que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean
reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de todos en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un
contexto de libertad, justicia y solidaridad.
El derecho de participación debe ser un criterio transversal de actuación de la Administración
regional que permita a los ciudadanos y a la sociedad civil opinar, debatir, argumentar, formu-