Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062956)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Fundecyt Parque Científico Tecnológico de Extremadura por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Estrategia de Digitalización" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 186
Martes 24 de septiembre de 2024
44547
cepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario
que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en
efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere los 18.000 euros,
deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y
motivar su adjudicación.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
de la Junta de Extremadura.
En materia de información y publicidad se deberá cumplir con los requisitos establecidos en
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, FUNDECYT-PCTEX informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.
Martes 24 de septiembre de 2024
44547
cepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario
que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en
efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere los 18.000 euros,
deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y
motivar su adjudicación.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
de la Junta de Extremadura.
En materia de información y publicidad se deberá cumplir con los requisitos establecidos en
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, FUNDECYT-PCTEX informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.