Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062956)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Fundecyt Parque Científico Tecnológico de Extremadura por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Estrategia de Digitalización" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 186
Martes 24 de septiembre de 2024

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el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas
a la dedicación efectiva.
B) M
 emoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y tareas, sus costes y eventos realizados, los objetivos que se
persiguen con cada uno, listado de ponentes y empresas participantes, junto con el
dossier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
Todo ello sin perjuicio de la documentación original que pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de la misma.
La fecha límite para presentar la memoria técnica será hasta el 28 de febrero de 2025
tal y como se establece en la cláusula quinta del convenio.


Formas de pagos.



Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:



• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.



• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe
del documento de gasto.



• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha
sido efectivamente pagada.



• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.



• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.



• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido
realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento
bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.



• Recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura,
ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio
del pago, para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que
estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc.,