Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
44409
ANEXO IV
NORMAS JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DEL CONVENIO
1. B
ase normativa.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1060 de disposiciones comunes.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1058 FEDER.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1059 Cooperación Territorial Europea.
Los Reglamentos anteriores establecen la siguiente jerarquía con respecto a las normas de
subvencionabilidad:
1) Normas establecidas en los Reglamentos.
2) Normas establecidas por el Comité de Seguimiento para categorías de gastos no incluidas en los Reglamentos.
3) Normas nacionales del Estado Miembro del beneficiario para cuestiones no reguladas ni
en los Reglamentos ni por el Comité de Seguimiento.
2. C
onsideraciones generales.
• Para que un gasto sea considerado subvencionable debe cumplir los siguientes requisitos
generales:
• Debe estar directamente relacionado con la ejecución de las acciones aprobadas para la
operación.
• Debe ser necesario para la consecución de los objetivos previstos. Cuando los gastos no
se estimen necesarios o se consideren excesivos, se eliminarán de la base de cálculo o
se ajustarán en el momento de su justificación.
• Debe cumplir los criterios de eficiencia, economía y eficacia.
• Las operaciones no podrán seleccionarse para recibir ayuda si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de la firma del Convenio, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos.
• Debe ser verificable: debe existir constancia documental de su realización, pago y contabilización, así como del proceso de contratación en su caso. En relación con los justifican-
Lunes 23 de septiembre de 2024
44409
ANEXO IV
NORMAS JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DEL CONVENIO
1. B
ase normativa.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1060 de disposiciones comunes.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1058 FEDER.
• Reglamento (UE) n.º 2021/1059 Cooperación Territorial Europea.
Los Reglamentos anteriores establecen la siguiente jerarquía con respecto a las normas de
subvencionabilidad:
1) Normas establecidas en los Reglamentos.
2) Normas establecidas por el Comité de Seguimiento para categorías de gastos no incluidas en los Reglamentos.
3) Normas nacionales del Estado Miembro del beneficiario para cuestiones no reguladas ni
en los Reglamentos ni por el Comité de Seguimiento.
2. C
onsideraciones generales.
• Para que un gasto sea considerado subvencionable debe cumplir los siguientes requisitos
generales:
• Debe estar directamente relacionado con la ejecución de las acciones aprobadas para la
operación.
• Debe ser necesario para la consecución de los objetivos previstos. Cuando los gastos no
se estimen necesarios o se consideren excesivos, se eliminarán de la base de cálculo o
se ajustarán en el momento de su justificación.
• Debe cumplir los criterios de eficiencia, economía y eficacia.
• Las operaciones no podrán seleccionarse para recibir ayuda si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de la firma del Convenio, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos.
• Debe ser verificable: debe existir constancia documental de su realización, pago y contabilización, así como del proceso de contratación en su caso. En relación con los justifican-