Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Lucha Contra La Corrupción. (2024040186)
Decreto 116/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece y regula el Sistema interno de información de infracciones normativas y de protección de las personas informantes de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura aprobado por Decreto 206/2010, de 12 de noviembre.
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NÚMERO 185
Lunes 23 de septiembre de 2024
I
44307
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 116/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece y regula
el Sistema interno de información de infracciones normativas y de protección
de las personas informantes de la Administración General de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y se modifica el Reglamento de Organización
y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de
Extremadura aprobado por Decreto 206/2010, de 12 de noviembre. (2024040186)
El marco normativo y competencial de esta noma está constituido por el artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva para la creación, organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones,
así como la organización de su propia Administración y la de los entes instrumentales que
de ella dependan; así como el artículo 10.1.1 de la citada norma estatutaria, que le asigna
las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de régimen jurídico de las
Administraciones Públicas y del régimen estatutario de los empleados públicos, en el marco
de las bases dictadas por el Estado al amparo de la competencia que le atribuye el artículo
149.1.18ª de la Constitución Española.
La aprobación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas
que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción, incorporó al
Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del
Derecho de la Unión. Dicha directiva ha supuesto un paso importante para que las personas
puedan informar sobre presuntas conductas fraudulentas o de corrupción e infracciones del
ordenamiento jurídico al exigir el establecimiento de sistemas internos para la protección de
la figura de la persona informante, en el que se integrarán canales internos de información
que permitirán la recepción de las comunicaciones sobre dichas conductas con garantías de
confidencialidad y seguridad para quienes las informan, incluso la adopción de medidas de
protección a informantes frente a posibles represalias de sus organizaciones.
La finalidad de la citada Ley 2/2023, de 20 de febrero, es la de proteger a las personas que
en un contexto laboral o profesional detecten acciones u omisiones que puedan constituir
infracciones del Derecho de la Unión Europea, en las materias contempladas en dicho texto
legal, en concreto, infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y las comuniquen
Lunes 23 de septiembre de 2024
I
44307
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 116/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece y regula
el Sistema interno de información de infracciones normativas y de protección
de las personas informantes de la Administración General de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y se modifica el Reglamento de Organización
y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de
Extremadura aprobado por Decreto 206/2010, de 12 de noviembre. (2024040186)
El marco normativo y competencial de esta noma está constituido por el artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva para la creación, organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones,
así como la organización de su propia Administración y la de los entes instrumentales que
de ella dependan; así como el artículo 10.1.1 de la citada norma estatutaria, que le asigna
las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de régimen jurídico de las
Administraciones Públicas y del régimen estatutario de los empleados públicos, en el marco
de las bases dictadas por el Estado al amparo de la competencia que le atribuye el artículo
149.1.18ª de la Constitución Española.
La aprobación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas
que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción, incorporó al
Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del
Derecho de la Unión. Dicha directiva ha supuesto un paso importante para que las personas
puedan informar sobre presuntas conductas fraudulentas o de corrupción e infracciones del
ordenamiento jurídico al exigir el establecimiento de sistemas internos para la protección de
la figura de la persona informante, en el que se integrarán canales internos de información
que permitirán la recepción de las comunicaciones sobre dichas conductas con garantías de
confidencialidad y seguridad para quienes las informan, incluso la adopción de medidas de
protección a informantes frente a posibles represalias de sus organizaciones.
La finalidad de la citada Ley 2/2023, de 20 de febrero, es la de proteger a las personas que
en un contexto laboral o profesional detecten acciones u omisiones que puedan constituir
infracciones del Derecho de la Unión Europea, en las materias contempladas en dicho texto
legal, en concreto, infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y las comuniquen