Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024062945)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Instituto de la Juventud de Extremadura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones al amparo de la Resolución de 12 de abril de 2024, Línea II: Subvenciones a entidades prestadoras de servicios a la juventud para el desarrollo de proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del VII Plan de Juventud, para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 184
Viernes 20 de septiembre de 2024

44274

Deberá figurar la indicación “Proyecto subvencionado por la Junta de Extremadura.
Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo. Instituto de la Juventud de
Extremadura”, así como el logotipo del Instituto de la Juventud de Extremadura y del
VII Plan de Juventud de Extremadura.


c) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá la siguiente documentación:

c.1) Una relación clasificada de los gastos con identificación del concepto, del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago (anexo X). Asimismo, deberán indicarse las desviaciones acaecidas en relación con el Presupuesto
presentado.
c.2) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago. Estos
justificantes deberán identificar, además, el proyecto al que se imputa el gasto subvencionado. Deberán responder a los conceptos y cantidades presupuestadas.
c.3) Documentación justificativa de gastos de personal, de conformidad con la legislación vigente, de la siguiente manera:
Para el supuesto de nuevas incorporaciones de jóvenes desempleados de 18 a 30
años, se presentarán copias del/os contrato/s laboral/es donde se identifique claramente su objeto y relación con el proyecto para el que se solicita la subvención,
acompañado de las nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y
RNT) debidamente sellados por la oficina recaudadora.
En el caso de que se trate de la contratación de jóvenes extremeños en el exterior
o de extremeños retornados, el Instituto de la Juventud recabará de oficio el certificado que acredite dicha condición de acuerdo con lo establecido en el Decreto
126/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la expedición de certificados de
personas extremeñas retornadas y personas extremeñas en el Exterior (DOE núm.
225, de 23 de noviembre de 2021); salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa a dicha comprobación de la persona interesada, en cuyo caso la entidad
beneficiaria deberá aportar copia de dicho certificado.
Para el supuesto de otros gastos de personal vinculado laboralmente con la entidad beneficiaria y dedicado a la realización del proyecto se adjuntarán copias del/
os contrato/s laboral/es, acompañado de las nóminas y boletines de cotización a
la Seguridad Social (RLC y RNT) debidamente sellados por la oficina recaudadora,