Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2024062907)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 17/2024, de 6 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz.
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NÚMERO 182
44103
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Asimismo, el artículo 9.3 del mencionado decreto establece que se entenderá suficiente a
efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al
menos los datos del demandante y demandado, el número de autos y el contenido del fallo,
con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Único. Proceder a la ejecución de la sentencia núm. 17/2024, de 6 de febrero, dictada por
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz en el procedimiento abreviado
190/2023, siendo el tenor literal del fallo el siguiente:
“Que, estimando el recurso presentado en nombre y representación de D.ª Sonia María
Núñez Sánchez, contra la resolución de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta
de Extremadura que obra en el encabezamiento, debo acordar y acuerdo dejar sin efecto la
misma en lo que se refiere exclusivamente a la demandante, reconociendo el derecho de la
misma a que le sea valorado el mérito consistente en la realización del Master Universitario
en Prevención e Intervención Psicológica en problemas de conducta en la escuela realizado
en la Universidad Internacional de Valencia, con los efectos inherentes a esta valoración.
Todo ello sin efectuar pronunciamiento especial en orden a la imposición de las costas causadas en esta instancia”.
Mérida, 6 de septiembre de 2024.
El Director General de Personal
Docente,
DAVID MORENO REGO
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Miércoles 18 de septiembre de 2024
Asimismo, el artículo 9.3 del mencionado decreto establece que se entenderá suficiente a
efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al
menos los datos del demandante y demandado, el número de autos y el contenido del fallo,
con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Único. Proceder a la ejecución de la sentencia núm. 17/2024, de 6 de febrero, dictada por
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz en el procedimiento abreviado
190/2023, siendo el tenor literal del fallo el siguiente:
“Que, estimando el recurso presentado en nombre y representación de D.ª Sonia María
Núñez Sánchez, contra la resolución de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta
de Extremadura que obra en el encabezamiento, debo acordar y acuerdo dejar sin efecto la
misma en lo que se refiere exclusivamente a la demandante, reconociendo el derecho de la
misma a que le sea valorado el mérito consistente en la realización del Master Universitario
en Prevención e Intervención Psicológica en problemas de conducta en la escuela realizado
en la Universidad Internacional de Valencia, con los efectos inherentes a esta valoración.
Todo ello sin efectuar pronunciamiento especial en orden a la imposición de las costas causadas en esta instancia”.
Mérida, 6 de septiembre de 2024.
El Director General de Personal
Docente,
DAVID MORENO REGO
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