Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024062902)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales para incrementar el número de plazas financiadas durante 2024 para personas mayores en situación de dependencia.
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NÚMERO 182

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Miércoles 18 de septiembre de 2024

Noveno. Información al centro directivo con competencias en materia de administración local y al Consejo de Política Local de Extremadura.
1. E
 l centro gestor de la Consejería de Salud y Servicios Sociales responsable del programa
remitirá a la Dirección General con competencias en Administración Local, como centro
directivo competente para el desarrollo e implementación del bloque normativo de la auto­
nomía municipal de Extremadura, un informe resumido de la ejecución del mismo y de la
consecución de los objetivos previstos.
2. D
 icha información será puesta en conocimiento, a través de la Dirección General compe­
tente en materia de Administración Local, del Consejo de Política Local, y será tenida en
cuenta, en su caso, en la adopción de acuerdos de distribución de fondos en sucesivos
ejercicios presupuestarios.
Décimo. Publicación y efectos.
El presente acuerdo producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Ofi­
cial de Extremadura.
Undécimo. Régimen de recursos.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativa­
mente recurso de reposición ante este Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a
lo establecido en los artículos 102 y 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Go­
bierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien formular
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante la Sala de lo Con­
tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, según lo previsto
en los artículos 10.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En el caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no se podrá interponer re­
curso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del recurso de reposición presentado.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA

La Presidenta de
la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN