Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062900)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Federación de Autismo de Extremadura para la realización de actividades de formación y sensibilización relacionadas con la atención educativa al alumnado con trastorno de espectro del autismo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 181
43856
Martes 17 de septiembre de 2024
A estos efectos, las comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se dirigirán a la Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5, 1.ª planta,
a la atención del Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
o a través del email ***; y las comunicaciones a la Federación de Autismo de Extremadura se
dirigirán a la calle Félix Fernández Torrado, s/n, 06011 Badajoz, a la atención de Rafael Jesús
Hernández Fernández o al email ***; o a los nuevos domicilios que notifiquen las partes.
Undécima. No exclusividad.
El presente convenio no otorga exclusividad alguna a ninguna de las partes, reservándose
cada una de ellas el derecho a formalizar, con terceros, convenios relativos a actividades similares a los que constituyen objeto de este convenio.
Duodécima. Estipulaciones varias.
a. En caso de contradicción entre lo previsto en el presente convenio y lo establecido en sus
anexos, prevalecerán los términos que figuran en el convenio.
b. N
inguna de las partes representará a la otra en el cumplimiento de obligaciones legales o
contractuales, ni en la asunción de responsabilidades o compromisos.
c. Cualquier revelación o anuncio a los medios de comunicación con relación a lo previsto en
el presente convenio, y al objeto y contenido del mismo, será coordinado y aprobado previamente por escrito por todas las partes.
Decimotercera. Modificación del convenio.
De producirse cualquier acuerdo posterior, que modificara o ampliara los términos de este
convenio o anexos, deberá realizarse por escrito con la firma de los representantes de todas
las partes, debidamente autorizados. Dicho acuerdo deberá ser incorporado al presente convenio formando parte del mismo.
Y en prueba de conformidad y con la voluntad de cumplirlo fielmente, firman este convenio
todas las partes, y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
El Presidente de la Federación de Autismo de
Extremadura,
D.ª MARÍA MERCEDES VAQUERA
D. RAFAEL JESÚS HERNÁNDEZ
FERNÁNDEZ
•••
43856
Martes 17 de septiembre de 2024
A estos efectos, las comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se dirigirán a la Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5, 1.ª planta,
a la atención del Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
o a través del email ***; y las comunicaciones a la Federación de Autismo de Extremadura se
dirigirán a la calle Félix Fernández Torrado, s/n, 06011 Badajoz, a la atención de Rafael Jesús
Hernández Fernández o al email ***; o a los nuevos domicilios que notifiquen las partes.
Undécima. No exclusividad.
El presente convenio no otorga exclusividad alguna a ninguna de las partes, reservándose
cada una de ellas el derecho a formalizar, con terceros, convenios relativos a actividades similares a los que constituyen objeto de este convenio.
Duodécima. Estipulaciones varias.
a. En caso de contradicción entre lo previsto en el presente convenio y lo establecido en sus
anexos, prevalecerán los términos que figuran en el convenio.
b. N
inguna de las partes representará a la otra en el cumplimiento de obligaciones legales o
contractuales, ni en la asunción de responsabilidades o compromisos.
c. Cualquier revelación o anuncio a los medios de comunicación con relación a lo previsto en
el presente convenio, y al objeto y contenido del mismo, será coordinado y aprobado previamente por escrito por todas las partes.
Decimotercera. Modificación del convenio.
De producirse cualquier acuerdo posterior, que modificara o ampliara los términos de este
convenio o anexos, deberá realizarse por escrito con la firma de los representantes de todas
las partes, debidamente autorizados. Dicho acuerdo deberá ser incorporado al presente convenio formando parte del mismo.
Y en prueba de conformidad y con la voluntad de cumplirlo fielmente, firman este convenio
todas las partes, y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
El Presidente de la Federación de Autismo de
Extremadura,
D.ª MARÍA MERCEDES VAQUERA
D. RAFAEL JESÚS HERNÁNDEZ
FERNÁNDEZ
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