Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2024062861)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se concede una subvención directa a la organización sindical Unión General de Trabajadores de Extremadura, para financiar las actividades de impulso para el cumplimiento de la normativa de riesgos laborales para la prevención de los trastornos músculo-esqueléticos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
Lunes 16 de septiembre de 2024

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requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente
de la Consejería.
Según dicho apartado, el convenio o la resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular
de las mismas, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés
público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los
beneficiarios, modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación
y pago.
Por otro lado, el artículo 2 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura prevé que la subvención pueda contemplar como contraprestación que la entrega esté
sujeta a la realización de una actividad ya realizada o por desarrollar (apartado 1.b) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura).
Tercero. Interés público, social y económico que justifica la concesión directa, con
carácter singular, de la subvención a la UGT Extremadura.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales es el pilar fundamental para desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante
la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y surge con el principal objeto de la promoción y protección de la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de
medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados
del trabajo. En el apartado 4 de su Exposición de Motivos indica que la política en materia de
prevención de riesgos laborales, en cuanto conjunto de actuaciones de los poderes públicos
dirigidas a la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo para elevar el nivel de
protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, se articula en base a los principios
de eficacia, coordinación y participación, ordenando tanto la actuación de las diversas administraciones públicas con competencias en materia preventiva, como la necesaria participación en dicha actuación de empresarios y trabajadores, a través de sus organizaciones más
representativas.
En nuestra comunidad autónoma, los sindicatos CCOO y UGT son las únicas organizaciones
sindicales que ostentan el carácter de más representativas de conformidad con lo establecido
en el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
La aprobación de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, en Consejo de
Ministros el 14 de marzo de 2023, adquiere un compromiso firme con la mejora de seguridad
y salud de los trabajadores y particularmente con el objetivo de anticiparse a los riesgos derivados tanto de las nuevas tecnologías como de los existentes de forma continuada. Sus líneas
de actuación también se han alineado con otras estrategias y planes nacionales en materias