Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2024062861)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se concede una subvención directa a la organización sindical Unión General de Trabajadores de Extremadura, para financiar las actividades de impulso para el cumplimiento de la normativa de riesgos laborales para la prevención de los trastornos músculo-esqueléticos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
Lunes 16 de septiembre de 2024

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2. Con carácter previo a la realización de cada uno de los pagos previstos en este apartado,
el órgano concedente comprobará de oficio que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la Seguridad
Social, así como con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que
conste el consentimiento expreso de la entidad beneficiaria. En otro caso, deberá presentar
las certificaciones correspondientes, conforme al art 12.2 párrafo 8 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Justificación.
1. L
 a justificación de las actuaciones realizadas y de las cantidades aplicadas se realizará de
la siguiente forma:
1.1. Justificación para el segundo pago del 25% de la subvención.
La entidad beneficiaria deberá aportar, antes del día 1 de diciembre de 2024, una cuenta
justificativa intermedia, que contendrá la siguiente documentación:
a) Memoria intermedia de actuación.
Dicha memoria deberá indicar la actividad subvencionable realizada hasta la fecha, con
indicación del número e identificación de empresas a las que se les ha prestado asesoramiento y/o asistencia, resultados obtenidos y grado de satisfacción de las empresas,
que deberá suponer, al menos, el 75% del total de actuaciones previstas en el Plan de
Actuaciones aprobado.
b) Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones, que
deberán representar, al menos, el 100 por ciento de la cuantía anticipada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
En su caso, en dicha relación deberán indicarse las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto presentado con el Plan de actuaciones.
c) Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por alguno de
los medios establecidos en el punto 4 de este apartado.
d) En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria que ha
sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia
del documento de asignación formal del personal a la realización de dichas actuaciones,
donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de dedicación respecto a su jornada ordinaria de trabajo.