Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Empresariales. Subvenciones. (2024062859)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se concede una subvención directa a la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX), para financiar las actividades de impulso para el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
Lunes 16 de septiembre de 2024

43692

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se concede una subvención directa a la Confederación Regional
Empresarial Extremeña (CREEX), para financiar las actividades de impulso
para el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024062859)
Visto el expediente administrativo de referencia, la propuesta de resolución de la Jefa de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y en atención a los siguientes,
HECHOS:
Primero. Mediante solicitud de fecha 14 de marzo del 2024, por D. Pedro Castro Domínguez,
con DNI n.º ****217**, en representación de la organización empresarial Confederación Regional Empresarial Extremeña (en adelante CREEX), se formuló solicitud de concesión directa
de una subvención, destinada a financiar las actividades de impulso para el cumplimiento de
la normativa de prevención de riesgos laborales.
Segundo. La entidad solicitante adjunta a dicha solicitud, Plan de Actuaciones que contiene
la descripción y detalle de las actuaciones objeto de financiación, el cronograma de ejecución
de dichas actuaciones, el presupuesto de los costes de la actividad subvencionable, desglosado por partidas, declaración responsable sobre que la entidad solicitante no está incursa
en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura para acceder a la condición
de beneficiaria de la subvención y de sendos certificados de encontrarse al corriente de sus
obligaciones con la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el resto de documentación exigida para
acceder a la condición de beneficiaria de la subvención.
Tercero. Por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo se han realizado las actuaciones
de comprobación de la solicitud y del Plan de Actuaciones y presupuesto aportados por la organización empresarial solicitante, habiéndose verificado que dicho Plan contiene actuaciones
fomento y divulgación del cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales
que entran dentro del ámbito competencial de la Dirección General de Trabajo, que la organización empresarial solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda
del Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que no concurre en dicha entidad ninguna de las prohibiciones previstas en el
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, para acceder a la condición de beneficiaria de
subvenciones financiadas con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y que se cumplen en el expediente los requisitos exigidos para la concesión
directa de la subvención solicitada, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 6/2011, de
23 de marzo.